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Caleidoscopio
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Ciencias, creencias y beneficios

Lenin dijo que si el teorema de Pitágoras afectara algún interés, ya habrían intentado refutarlo. Hace décadas los estudiantes de química debían desentrañar un libro sobre el enlace químico -las fuerzas que mantienen unidos entre sí a los átomos en las moléculas-, obra del premio Nobel estadounidense Linus Pauling.

Tiempo después, llegó la noticia de que Pauling había enloquecido. (Así refleja siempre alguna prensa algunos intereses). Quien quiso saber algo más encontró que Pauling afirmaba que grandes dosis de vitamina C eran útiles para combatir muchas enfermedades. Esa afirmación, infundada, temeraria, sin pruebas, etc, etc, era la evidencia de demencia que se había echado a correr.

Pauling no estaba en sus cabales -todavía la prensa conservaba algo de la credibilidad que luego perdió- pero aparecieron defensores de la vitamina C y gente que decía haber detenido o curado diversas enfermedades graves con grandes dosis, a pesar de la negativa de los médicos. Entonces aparecieron datos que evidenciaban que Pauling no había sacado su idea de una mente enferma: había estudiado concienzudamente el modo de procurarse la vitamina C que tiene el cuerpo humano y había concluido que en cierto momento, hace quizá millones de años, perdió la capacidad de síntesis posiblemente porque podía incorporarla abundatemente mediante la alimentación, a diferencia de otros mamíferos que la siguen sintetizando.

Pauling murió en 1994 defendiendo su hipótesis y recibiendo ataques de todos lados. Sin embargo, el foco de la agresión estaba en los que no querían oír que la vitamina C resuelva problemas para los que ellos tienen medicamentos que venden a precio de oro. Hay laboratorios que producen una droga más barata que el azúcar y que venden al público miles de veces más cara. Pauling debía estar loco si interfería en ese negocio, como posiblemente estuvo Arturo Illia cuando fue derrocado.

Ahora resulta que la justicia española declaró inconstitucional la cuarentena dispuesta por el gobierno con el argumento de proteger a la ciudadanía del coronavirus.

El Gobierno español decretó cuarentenas prorrogables cada dos semanas en 2020 bajo el estado de emergencia. Los españoles quedaron obligados a permanecer en sus hogares y salir solo a adquirir bienes básicos o a realizar gestiones indispensables.

La corte dictaminó por seis votos contra cinco que tres artículos del decreto el 14 de marzo de 2020 son inconstitucionales. La prensa se aplicó a dar la noticia, que va en contra de la posición oficial y la de organizaciones mundiales de salud, de la mejor manera que pudo, y tuvo un recurso sencillo al alcance de la mano.

Medios habitualmente derechistas recordaron en zócales, títulos y volantas que la corte se pronunció ante una presentación de Vox, un partido de ultraderecha, que posiblemente acudió a la justicia para oponerse al gobierno socialdemócrata -que parece el aspecto táctico de su programa- y no por ninguna convicción esencial.

La corte, como hace también con frecuencia la justicia argentina, no puso en cuestión la pertinencia de las medidas para detener el avance del virus, pero sí el mecanismo legal, que fue el estado de alarma. Según los jueces, para restringir derechos fundamentales el ejecutivo debería haber optado por el estado de excepción, que requiere el permiso previo del Parlamento.

Esta condición, que la justicia expone para no ir al fondo, para tratar de pescar sin mojarse, está también prevista en la Argentina, que sufrió la cuarentena más larga y más inútil de la historia de la humanidad por un decreto de necesidad y urgencia, que dejó en el aire el artículo 14 de la constitución nacional cuando el congreso estaba en funciones. El decreto, contemporáneo del español, decía: "se establece el aislamiento social, preventivo y obligatorio a fin de disminuir drásticamente la circulación de personas en todo el territorio de la Nación".

El artículo 14 de la constitución nacional argentina garantiza los derechos de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.

Según el verso final de un célebre soneto de Góngora todo eso, de un plumazo ejecutivo, se volvió "en humo, en polvo, en sombra, en nada".

En España se abre ahora la posibilidad de dejar sin efecto varias multas impuestas a los que fueron sorprendidos por la policía caminando o viajando en auto "sin motivo justificado", porque las restricciones exigían allá y acá mostrar documentos autorizantes a los que osaban salir de sus casas sin permiso del Estado.

El confinamiento domiciliario se aplicó en España de manera estricta hasta principios de mayo de 2020, cuando progresivamente se empezó a aliviar, hasta que el estado de alarma expiró el 21 de junio de 2020.

En España el Estado no permitía a la gente salir a hacer deporte, y los niños estuvieron encerrados seis semanas seguidas. Pero los perros conservaron el derecho de pasear por las veredas, conducidos por sus amos.

Es posible que los jueces de la corte española sean sospechados de algún defecto invalidante, como fue Linus Pauling por un motivo mucho menos serio, sin dudas con otros argumentos. La sentencia judicial, tardía porque llega cuando la medida cuestionada ya no rige, afecta intereses globales que muchos gobiernos han impuesto sin chistar amparados en la ciencia aplicada, y porque crea un enojoso antecedente para el caso de otras pestes que puedan caer sobre el mundo más adelante.
De la Redacción de AIM.

¿Libertad sin restricciones? confinamiento españa covid-19 antecedente pestes

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