Con la llegada del fin de año las empresas pagarán el Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo. Es un salario adicional que perciben los trabajadores y que se abona en dos cuotas: la primera en junio y la segunda en diciembre.
Para saber cómo se calcula el aguinaldo hay que tener en cuenta ciertas cuestiones, como los días trabajados, el mejor salario básico, las horas extras y otros plus que se hayan percibido.
El pago del aguinaldo de diciembre se debe cobrar antes del 18 de dicho mes. El monto se calcula como el 50 por ciento de la mayor remuneración mensual y sobre "todo concepto" (se incluye sueldo básico, horas extras y otros plus que se hayan cobrado) dentro del último semestre.
En el caso de los trabajadores que tienen menos de un año de antigüedad, el SAC se liquida de manera proporcional al tiempo trabajado en cada semestre. Para estimar el cálculo se puede tomar la mitad del mejor sueldo dividido por 6 y multiplicarlo por la cantidad de meses trabajados. O también multiplicar el tiempo trabajado en el semestre por la mitad de la mayor remuneración mensual y dividir el resultado por seis.
¿Qué es el aguinaldo?
El sueldo anual complementario, está regulado en la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 en los arts. 121 y 122 (texto modificado por la Ley 27.073). En ellos se establece el modo de cálculo y las fechas de pago.
Respecto del primer punto, se establece que se calcula el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto, en los semestres que culminan en junio y diciembre.
¿Cuándo se cobra el aguinaldo?
Respecto de los plazos de pago establece dos fechas: el 30 de junio para la primera cuota y el 18 de diciembre para la segunda, aunque existe un período de "gracia" de cuatro días.
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
La Ley de Contrato de Trabajo establece que el aguinaldo debe ser equivalente al 50% de la mayor remuneración mensual devengada en todo concepto de cada semestre.
Para calcular el primer aguinaldo se toma en cuenta los salarios de enero a junio. El cálculo debe incluir el salario básico, las horas extras y otros plus que se hayan percibido.
Asimismo, para la segunda cuota del aguinaldo se toma en cuenta los salarios de julio a diciembre.
En el caso de que un empleado no haya trabajado todo el semestre completo, cobrará el proporcional como se explicó anteriormente.
¿Los beneficiarios de AUH, AUE y SUAF lo cobran?
Los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de la Asignación por Embarazo (AUE) no les corresponde el cobro del aguinaldo, ya que este se paga a trabajadores en relación de dependencia o a quienes hayan realizado aportes en el pasado bajo ese concepto, tal como los jubilados.
¿Los monotributistas cobran aguinaldo?
Los monotributistas no perciben Sueldo Anual Complementario.