El Gobierno Nacional tomó la medida de extender los plazos previstos de garantía para los productos y servicios hasta que termine la cuarentena.
“El Artículo 42 de la Constitución Nacional establece que las y los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos”, especifica el texto y agrega: “es deber del Gobierno Nacional garantizar los derechos esenciales de la población, resultando un interés prioritario asegurar el acceso sin restricciones a los bienes básicos y al efectivo goce de los derechos reconocidos alas y los consumidores”.
La medida está prevista para que los consumidores puedan hacer los reclamos pertinentes por algún producto y servicio que no sea satisfactorio en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio (Aspo): “las y los consumidores se han visto impedidos por las razones antes mencionadas de poder hacer uso de sus bienes y/o servicios en garantía”.
De acuerdo con la Ley de Defensa del Consumidor 24.240, todos los productos deben tener una garantía legal. Actualmente, si se trata de artículos nuevos, corresponden seis meses, como mínimo, y para los usados, al menos tres. La resolución establece que los plazos legales comiencen a regir cuando finalice la cuarentena.
Los proveedores deberán informar “de manera cierta, clara y detallada la suspensión de plazos de las garantías” y, en caso de que posean sitios web o aplicaciones para dispositivos móviles, “esta información deberá estar de modo visible en la página o pantalla de inicio, respectivamente”. Además, deberán comunicar de la suspensión a los consumidores en el paso anterior al pago.