Por medio de una resolución de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, publicada en el Boletín Oficial, el incremento deberá pagarse de la siguiente manera: 5 por ciento a partir del primero de marzo y otro 5 por ciento, no acumulativo, desde el primero de mayo próximo.
Según el texto oficial, el salario mínimo por tipo, modalidad y categoría profesional para aquellos trabajadores comprendidos en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844, que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, será liquidado considerando el importe establecido para la modalidad retributiva "mensual", en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas.
Respecto de quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales, el salario se liquidará de acuerdo a la modalidad retributiva "por hora".
Para la Casa Rosada, el aumento para este sector es necesario ante "los recientes acontecimientos económico-financieros desencadenados y la crisis económica, habiéndose deteriorado sensiblemente el poder adquisitivo de los salarios perjudicando a los trabajadores y a las trabajadoras, acentuando así aún más la grave situación social".
Para el Indec, en los hogares privados con servicio doméstico hay 1.730.000 puestos de trabajo, de los cuales 515.000 están registrados ante la Seguridad Social y 1.214.000 trabajan en la informalidad.
De los registrados, suman 45.221 los mayores de 60 años, de acuerdo con las estadísticas oficiales.
Los nuevos haberes
A partir de esta decisión el salario mínimo para personal para tareas generales, será de $ 139,5 la hora y $ 17.150,5 el mes en el caso de empleadas con retiro, y de $ 150 y $ 19.070,5 para sin retiro.
Para quienes desempeñan tareas de asistencia y cuidado de personas, sin retiro, la hora pasa a $ 168,5 y el mes a $ 21.252,5; y con retiro, la hora a $ 150 y el mes a $ 19.070,5; mismas cifras estas últimas que para el caso de los caseros.
En el caso de personal para tareas específicas, la remuneración mínima será de $ 159 la hora y de $ 19.546,5 el mes, para los que trabajan con retiro; y de $ 174,5 la hora y $ 21.758,5 el mes para los que hacen sin retiro.
Para la categoría de supervisora, con retiro, el pago será de $ 168,5 la hora y $ 21.039,5 el mes; y sin retiro, de $ 184 la hora y $ 23.435,5 el mes.
La resolución precisó que se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al 25% sobre los salarios mínimos establecidos para cada categoría respecto del personal que preste tareas en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz y Tierra del Fuego, y en la ciudad bonaerense de Patagones.