La Comisión de Trabajo en Casas Particulares definió un nuevo aumento sobre las remuneraciones mínimas del personal de Casas Particulares. El aumento acordado se repartirá en dos tramos: 11 por ciento en abril (retroactivo al 1°) sobre los salarios de marzo, y 7 por ciento en mayo, partiendo de los sueldos de este mes.
Así, el incremento vuelve a ser acumulativo, es decir, que tendrá de base los salarios de marzo y abril, suba nominal de 18 por ciento y real del 18,8 por ciento. Y las partes acordaron una cláusula de revisión, con el compromiso de volverse a reunir en junio.
El aumento anterior para el sector fue en febrero cuando se definió una paritaria del 35 por ciento también a pagar en dos veces, 20 por ciento en febrero y 15 por ciento en marzo. Para aquellas empleadas que cobran de manera mensual el último ajuste lo recibieron este mes. La novedad, por entonces, fue que, por primera vez, el sindicato lograba que la suba sea acumulativa.
La reunión de este miércoles llegó algo demorada, dado que en principio estaba pactada para el 17 de abril.
Con la suba del 11 por ciento retroactiva al primero de mes, la categoría más baja (la quinta), y la más demandada, cobrará la hora en abril: 2.170 pesos con retiro (desde los 1.955 pesos de marzo), y para las sin retiro, se irá a 2.340,99 pesos (desde los 2.109 pesos).
El mes en cambio, quedará en 266.163 pesos con retiro (el mes pasado era de 239.786 pesos); y para las "con cama adentro" irá desde los 266.339 pesos pasados a 295.969 pesos en abril. Estos son números provisorios y pueden sufrir alguna variación hasta su publicación en el Boletín Oficial.
Los haberes en mayo
Para el quinto mes del año, con el ajuste del 7 por ciento, los salarios provisorios para esa misma categoría serán de: 2.322 pesos por hora y de 284.794,43 pesos el mes para las con retiro; y de 2.504,85 pesos por hora y 316.687 pesos el mes para las empleadas con "cama adentro".
Pagos adicionales
Las empleadas domésticas suman algunos adicionales cuando trabajan en zonas desfavorables. Además, reciben un adicional salarial por “antigüedad”, equivalente a un 1 por ciento por cada año de antigüedad del trabajador en su relación laboral, sobre los salarios mensuales.
Ese adicional se abona de forma mensual a partir del 1° de septiembre de 2021. El tiempo de servicio, a los fines de este adicional por antigüedad, comenzó a computarse a partir del 1° de septiembre del año 2020, sin efecto retroactivo.
La legislación vigente indica además que se debe abonar a los trabajadores un adicional por zona desfavorable equivalente al 30 por ciento sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
Fuente: Clarín