El Gobierno nacional oficializó que continuará otorgando el bono extraordinario a jubilados y pensionados durante el mes de enero de 2025, tal como lo viene haciendo desde marzo de este año.
Esta medida se hará efectiva sin ningún ajuste por inflación o movilidad, y se concretará a través del Decreto 1133/2024, que fue publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.
En el decreto publicado este lunes, se estableció que los beneficiarios de este bono serán las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSeS, de la Pensión Universal para el Adulto Mayor y quienes perciben pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables, todas ellas a cargo del organismo encargado de la seguridad social en el país.
Monto y condiciones del bono extraordinario
El artículo 3° del Decreto 1133/2024 detalló que aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual al haber mínimo previsional garantizado, recibirán un bono de hasta 70 mil pesos en el mes de enero. Este bono estará destinado a aquellos cuya suma total de haberes no supere el monto mínimo estipulado por la Ley N° 24.241, en su artículo 125. Así, ningún jubilado percibirá menos de 335.907 pesos.
Por otro lado, el artículo 4° del mismo decreto especificó que para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al haber mínimo previsional, el bono será ajustado a la diferencia necesaria para alcanzar el monto equivalente a la suma de 335.907 pesos.
No remunerativo
El Gobierno nacional también incluyó en el decreto que, en caso de que los beneficiarios reciban pensiones con más de un copartícipe, estos se considerarán como un único titular a los fines del derecho a la percepción del bono extraordinario. Además, se aclaró que "el bono extraordinario previsional que se otorga por el presente decreto tendrá carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto".
Según lo informado, en diciembre se esperaba que recibieran este bono aquellos jubilados y pensionados con ingresos inferiores a los 329.599 pesos, lo que representaba a un total de 5 millones de beneficiarios. Sin embargo, en enero de 2025, las condiciones y el universo de beneficiarios seguirán siendo similares, garantizando que los más vulnerables continúen recibiendo este apoyo económico.
Haberes mínimo y máximo en enero de 2025
Además del bono, el Gobierno anunció este lunes los haberes mínimo y máximo que percibirán los jubilados a partir de enero de 2025 y que aumentarán 2.43%, de acuerdo con el índice de inflación de noviembre que informó este mes el INDEC.
El artículo 1° de la Resolución 1247/2024 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), que lleva la firma del director ejecutivo de ese organismo, Mariano de los Heros, establece que el haber mínimo de los jubilados será de $ 265.907,01. En tanto, según el artículo 2° de esa normativa, el haber máximo ascenderá a $1.789.302,46.
Las bases imponibles mínima y máxima, en tanto, quedaron establecidas en $89.557,43 y $2.910.574,49, respectivamente, a partir del período devengado enero de 2025.
El documento estableció además que el importe de la Prestación Básica Universal (PBU) prevista en el artículo 19 de la Ley N° 24.241, será de $121.640,32 a partir de aquel mismo mes, mientras que la Pensión Universal al Adulto Mayor (PUAM) subirá a $212.725,61.