Con sólo tres votos en contra, el senado provincial aprobó el pasado jueves el nuevo mapa de ordenamiento territorial que habilita el desmonte de 700 mil hectáreas. Fuertes observaciones y controversias en torno al apoyo que obtuvo el proyecto.
A días de finalizar el año, el senado dio sanción definitiva al proyecto oficial para modificar el ordenamiento territorial de bosques nativos. Las modificaciones se aprobaron por mayoría, con los votos negativos de los senadores Walter Wayar, del departamento Cachi; Manuel Pailler, del San Martín, y Miguel Calabró, de La Caldera.
El proyecto, que ahora pasa al Ejecutivo para su promulgación, ha sido criticado por organizaciones ambientalistas y comunidades originarias, debido a la habilitación para el desmonte de más de 700.000 hectáreas de bosques.
El legislador Esteban D’Andrea, representante de Chicoana, defendió la iniciativa, asegurando que responde a la obligación de actualizar el ordenamiento cada cinco años, según lo estipulado por la Ley de Bosques. Sin embargo, reconoció que el proceso debería haberse realizado en 2019, y destacó que el nuevo mapa busca fomentar el uso sustentable del medio ambiente. El plan divide el territorio en tres categorías: rojo para zonas de preservación, amarillo para áreas de actividades sustentables y verde para zonas transformables para usos productivos.
El proyecto redistribuye más de 30.000 hectáreas de categoría 1 y reduce en 300.000 hectáreas la categoría 3, buscando equilibrar la distribución del verde en toda la provincia. Además, pretende controlar los desmontes ilegales y la tala indiscriminada. Sin embargo, la medida fue rechazada por los legisladores Walter Wayar y Manuel Pailler, quienes pidieron que el proyecto volviera a comisión.
Desde Greenpeace, la respuesta fue contundente. Noemí Cruz, coordinadora de la Campaña de Bosques, calificó la aprobación como un golpe devastador para los ecosistemas de la región. La organización planea llevar el caso a la Corte Suprema, en un intento por frenar los desmontes que, según Cruz, amenazan la subsistencia de especies emblemáticas como el yaguareté. Además, criticaron la falta de consulta a las comunidades originarias, lo que considera una violación de sus derechos.
A principios de diciembre, activistas de la ONG protestaron frente al Palacio Legislativo, vistiendo trajes tradicionales de los gauchos Infernales de Güemes, para rechazar lo que consideran un retroceso en la protección del medio ambiente.
El nuevo ordenamiento territorial desató un intenso debate sobre los límites entre el desarrollo productivo y la preservación del patrimonio natural de la región, mientras las organizaciones sociales y ambientales continúan su lucha por una gestión más responsable y equitativa de los recursos naturales.
Observaciones
Según datos oficiales, desde la sanción, a fines de 2007, de la Ley Nacional de Bosques (26.331) hasta fines de 2022 en la provincia de Salta se desmontaron 714.052 hectáreas. Cabe advertir que gran parte de los desmontes se realizaron en zonas donde no está permitido (Categorías I–rojo, II–amarillo).
Por otra parte, resulta grave que, durante la gestión anterior, el gobierno provincial realizó numerosas recategorizaciones prediales (algo no permitido por la Ley Nacional), mediante las cuales autorizó desmontes en zonas protegidas. Las mismas fueron consideradas ilegales tanto por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación como por la Auditoría General de la Nación. A pesar de ello, las fincas que fueron ilegalmente deforestadas no fueron restauradas y deberían mantener su categoría original en la actualización del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos. La nueva zonificación no debe dejar en suspenso ni validar la deforestación ilegal anterior.
El nuevo Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos permitirá el desmonte legal de otras 721.568 hectáreas, una superficie sumamente excesiva teniendo en cuenta la alta deforestación que viene teniendo la provincia en las últimas tres décadas, y que Argentina firmó en la Cumbre Climática realizada en Glasgow en el año 2022 un compromiso de Deforestación Cero para el año 2030. Las actualizaciones de los Ordenamientos Territoriales de Bosques Nativos de las provincias deberían ir en esa dirección.
La zonificación propuesta no respeta el principio de no regresión ambiental ya que permite, en algunos casos, el desmonte en zonas actualmente clasificadas en las Categorías I–rojo y II–amarillo, algo prohibido por la normativa nacional. Este mecanismo es similar al utilizado para permitir las recategorizaciones prediales ilegales realizadas en la anterior gestión. De esta forma, se trata de una zonificación flexible, lo que en la práctica no es una zonificación, ya que no determina claramente dónde se puede y dónde no se puede desmontar. Además, la Categoría marrón no está contemplada en la Ley Nacional de Bosques. Esta metodología puede implicar decisiones arbitrarias del Poder Ejecutivo provincial y no favorecen al control social de los desmontes ilegales.
Al permitir algunos desmontes en las actuales Categorías I–rojo y II–amarillo, la propuesta de actualización del Ordenamiento Territorial de Bosques de Salta, además de ser ilegal, promueve la fragmentación de los bosques al no garantizar áreas boscosas continuas, lo que pone en riesgo el funcionamiento del ecosistema forestal y la supervivencia de grandes mamíferos, como el yaguareté. De esta forma no se cumple con los Criterios 1, 2, 3, 4 y 5 de Sustentabilidad Ambiental establecidos por la Ley Nacional de Bosques.
La Ley Nacional 26.331 destaca la importancia de respetar los territorios de pueblos originarios. Por ello, resulta fundamental concluir el relevamiento territorial de comunidades indígenas establecido por la Ley 26.160. En Salta, como en la mayoría de las provincias, dicho relevamiento, que debe realizar el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, no fue concluido. Se trata de información indispensable para la actualización del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos. Otro aspecto a destacar es que no se realizaron talleres en sus territorios y en su idioma originario, requisito para cumplir con la consulta libre, previa e informada establecida en tratados internacionales firmados por Argentina.
Fuente: Portal CuartoPoderSalta.com.ar