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Polémica sesión: Juristas coinciden en que la demanda de la oposición tendría pocas chances de prosperar en la Justicia

El bloque de Juntos por el Cambio planea ir a la Justicia para que sea declarada "nula" la sesión de ayer en la Cámara de Diputados, en la que el oficialismo aprobó leyes vinculadas al turismo y contra la pesca ilegal sin la participación de la coalición opositora. Esa demanda, sin embargo, podría tener un rumbo difícil.
Uno de los principales ejes del planteo es que el protocolo que habilitaba las sesiones virtuales venció el 7 de agosto, por lo cual las sesiones deberían llevarse a cabo de forma presencial y no remota. El oficialismo y el resto de los bloques parlamentarios dieron por aprobada ayer la extensión de la prórroga por otros 30 días para sesionar de manera virtual, pero Juntos por el Cambio sostiene que esa prórroga debe decidirse por unanimidad, y ellos no la consintieron.
¿Hay chances, de acuerdo con la jurisprudencia en esta materia, de que una demanda así prospere? La Justicia no suele intervenir en cuestiones relacionadas con el reglamento interno de las Cámaras, coincidieron los especialistas consultados.
Son pocos los antecedentes en los que la Justicia se pronunció sobre las facultades del Poder Legislativo. Los juristas consultados advirtieron que la forma que elige el Congreso para dictar sus leyes no es una cuestión justiciable, aunque sí se puede denunciar la violación del reglamento de una de sus Cámaras.
"La Cámara de Diputados es dueña de confeccionar su propio reglamento y ahí establecer todo respecto a las sesiones. Y en eso es soberana. Si en ese reglamento previeron un determinado procedimiento y ese procedimiento es violado por la mayoría, entonces los demás pueden ir a la Justicia invocando violación del reglamento", dijo el constitucionalista Alberto Garay.
Y agregó: "En este caso, si se alega que se está violando el proceso de formación y sanción de las leyes, conforme está en la Constitución y conforme está en el reglamento, y si ellos acordaron que las sesiones se iban a hacer de modo virtual hasta una determinada fecha, está claro que para que haya una nueva habilitación de las sesiones virtuales debería haber una renovación de ese reglamento".
En el caso "Binotti", la Corte interpretó que el Senado, a la hora de computar la mayoría absoluta, no había respetado el criterio establecido por su propio reglamento interno
Uno de los antecedentes sobre las atribuciones de la Justicia para pronunciarse sobre decisiones del Poder Legislativo es el referido al represor Antonio Bussi, quien fue electo diputado nacional por la provincia de Tucumán en 1999 y se le desaprobó el título por falta de idoneidad ética. Otro caso es el de Luis Patti, quien había sido electo diputado en 2005, pero la propia Cámara le impidió asumir en 2006. En un fallo emitido en abril de 2008 la Corte sostuvo que la Cámara baja, en realidad, no tenía atribuciones para impedir su asunción.
Y también hubo un pronunciamiento de la Corte en el caso "Binotti". En 2002, el expresidente Eduardo Duhalde había propuesto el ascenso del Julio César Binotti, pero el Senado rechazó el pliego. Binotti presentó una acción de amparo y la Corte interpretó que el Senado, a la hora de computar la mayoría absoluta, no había respetado el criterio establecido por su propio reglamento interno.
El abogado constitucionalista Pablo Manili consideró que la admisibilidad judicial de este planteo es muy restrictiva. "Si partiéramos de la base de que venció el plazo de las sesiones virtuales, tanto Massa como Cristina dictaron resoluciones de presidencia de las Cámaras que dicen que es ad referéndum de cada Cámara. Si no tenés una resolución de Presidencia, y si no está ratificada por la Cámara, la sesión es estrictamente es nula. Ahora, ¿la Justicia se va a meter en eso? Es la pregunta del millón", dijo Manili.
"La revisión de procedimientos legislativos por parte de la Justicia ha sido sumamente restrictiva, pero ha habido una evolución. La Justicia no puede entender sobre cuestiones de mérito o conveniencia, pero sí en lo que hace al cumplimiento de los reglamentos", dijo el abogado constitucionalista Daniel Sabsay.
"No me refiero a si la política en sí es buena o mala, pero si esta redunda en una violación de derechos, por supuesto tiene que intervenir el Poder Judicial en cumplimiento de tratados internacionales", agregó Sabsay.
Otros antecedentes de la Corte
Sabsay recordó otros antecedentes, uno de ellos de 2014, cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso que la provincia de La Rioja dicte una ley de coparticipación para sus intendencias, afirmando el principio de la autonomía municipal.
Y mencionó también en el que la Corte aceptó su competencia originaria en el amparo presentado por el diario "Río Negro" en 2002, luego de que el gobierno neuquino dejara de pautar en el diario inmediatamente después de que se publicara allí una denuncia de intento de soborno formulada por el diputado radical Jorge Taylor.
Aunque el fallo de la Corte no estaba directamente ligado a las facultades legislativas, obligó a la provincia de Neuquén a dictar una norma -mediante la sanción de una ley, o la firma de un decreto o una resolución- para hacer efectiva la obligatoriedad de los parámetros previstos en el fallo y reducir así la discrecionalidad en el reparto de publicidad oficial.
Por: Candela Ini para La Nación.-

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