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Presentan una demanda por la quema en las islas

Es en el marco de una causa civil que investiga la responsabilidad de titulares de campos en los incendios y su impacto ambiental y en la salud

Un ciudadano rosarino titular de un campo en las islas que fue denunciado en el marco de la causa civil que busca determinar responsabilidades por los incendios en los humedales y el impacto en la salud, demandó al Estado nacional por “omisión inconstitucional e ilícita en el ejercicio de sus funciones”, y solicitó a la jueza del trámite que lo inste de forma urgente a adoptar medidas para la protección y preservación del ecosistema, según las normas y tratados internacionales que regulan la protección del Delta del Paraná.

“Hay una falta de legitimación para demandar a mi cliente porque nunca se quemó ni se incendiaron sus tierras. Pero, además, pide que se convoque al gobierno nacional para que cumpla leyes que ya existen hace 20 años, lo que hubiera evitado o, cuanto menos minimizado, el desastre de los incendios”, sintetizó Milva Sánchez, abogada ambientalista del rosarino denunciado por la fiscal provincial extrapenal María Laura Martínez junto a otras 18 personas.

Responsabilidad por daño ambiental

Se trata de la causa civil que se tramita en el Tribunal de Responsabilidad Extracontractual Nº 2, a cargo de Jorgelina Entrocassi (titular del trámite) y Edgardo Bonomelli (está vacante su tercer integrante). El año pasado, la fiscal presentó la denuncia contra los titulares de los campos por “responsabilidad por daño ambiental indirecto contra la población de Rosario”.

Si bien la causa no persigue culpables por un delito penal, sí busca determinar responsabilidades ante la existencia de una relación jurídica que pueda servir como primer paso para futuras denuncias de los damnificados.

La investigación llevó algunos años y se sustentó en los reportes científicos de la Universidad Nacional de Rosario (UNR), entrecruzamiento de datos georreferenciales e informes de organismos del Estado. Pero esta semana uno de los denunciados, quien esgrime no haber provocado incendios ni daños sobre el humedal, demandó al Estado Nacional y solicitó que adopte una serie de medidas urgentes.


Omisión de funciones

En la presentación pide “la incorporación del Estado en sus tres niveles como parte demandada, y del Consejo Federal de Medio Ambiente (Cofema) por “omisión inconstitucional e ilícita en el ejercicio de sus funciones”, en virtud de los daños al humedal, y en toda la población a la cual se han propagado los efectos de los incendios.

En ese sentido, solicitó a los jueces que “ordenen medidas concretas para hacer cesar la omisión estatal. Las medidas requeridas son tanto preventivas como de recomposición. “Hace un año que estamos pidiendo que el Estado adopte medidas. Mi cliente, que nunca estuvo en el mapa de fuego, se pregunta ¿qué hago si los incendios alcanzan mi propiedad? Por eso solicitamos medidas concretas”, graficó la abogada.

En ese sentido refirió que las leyes “están escritas, solo hay que hacerlas cumplir. La división de la competencia a nivel legal para tratar los daños ambientales es clara. Argentina adhirió hace muchos años al tratado Ramsar (ley 23.919 para la conservación y uso racional de los humedales), pero nadie se ocupa y se tiran la pelota entre los niveles del Estado”.


Muchos años de omisión

Sánchez puntualizó que en la causa “falta el Estado Nacional. Se le pide a los jueces que le ordenen a la administración que empiece a hacer algo porque, de lo contrario, las leyes son letra muerta y no se cumplen. Los jueces tienen la obligación de intimar, y potestades para disponer medidas que crean convenientes para cuidar el medio ambiente”.

En la presentación se recalca que se “han constatado años de omisión inconstitucional, no sólo en reglamentar, implementar políticas, ejercer de manera adecuada el federalismo de concertación entre todas las administraciones involucradas, sino también en el ejercicio claro de las competencias que ya tienen reguladas las administraciones y órganos ejecutivos”.

Y dada “la gran omisión estatal” y que el juez de la causa “no puede soslayar la función “preventiva” de daños normada por el Código Civil y Comercial, el ciudadano reclama que el juez disponga medidas que prevengan la producción de daños, “en lugar de dejar que pase el tiempo y la cuestión se torne en meramente resarcitoria”.

Todo por hacer

Pide, entre otras medidas que se ordene al gobierno nacional denunciar frente al órgano competente del tratado Ramsar lo sucedido en el humedal “islas del Delta del Paraná”. Y se requiera como “Estado adherente y miembro del tratado asesoramiento técnico para comenzar con la prevención y recomposición del humedal dañado”.

Además, reclama que el Estado Nacional “adherir y participar del programa de protección de humedales de la Organización de Naciones Unidas (ONU), que ayuda a los países a monitorear y proteger los humedales y demás ecosistemas de desarrollo sostenible 2030.

También que se ordene al Cofema ejercer la competencia que ha sido delegada por las provincias, y disponga la urgente realización de un estudio del impacto ambiental que generaron las quemas; se dicte sin demoras las regulaciones que las administraciones locales y nacionales deberán cumplir en miras a la alineación de la política ambiental en materia de los daños de efectos y fuentes interjurisdiccionales que se están produciendo en el Delta del Paraná.

En relación a la postergada ley de humedales, reclama que se ordene al Congreso de la Nación “no aprobar leyes que contravengan el ámbito de protección del humedal en los términos del tratado Ramsar. Y que en tal sentido, al reglamentar el destino del humedal y sus usos, se deberá requerir asesoramiento previo al órgano consultor del tratado, para aplicar el “mayor nivel de protección”.

Demandó al Tribunal que solicite a las administraciones de Entre Ríos, Santa Fe y los municipios afectados “la regulación inmediata en sus legislaciones del Seguro Ambiental, y el inicio de los sumarios administrativos tendientes a la aplicación de las sanciones administrativas por el daño ambiental generado en el humedal y en el aire, de acuerdo a lo normado en la ley ambiental 25.675, leyes provinciales y ordenanzas.

Finalmente en el escrito se reclama que las medidas sean ordenadas “de manera urgente, incluso antes de la resolución de la cuestión de competencia (hay recursos para girar la causa a la Justicia Federal), dado que “la demora en el ejercicio de las competencias no resiste más postergaciones, ante el riesgo de seguir incrementándose el daño”.

Fuente: La Capital

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