Legisladores de Juntos por el Cambio promueven la derogación de la Ley 4.506 de pensión vitalicia a los ciudadanos que hayan ocupado los cargos de gobernador y vice gobernador, confirmó AIM.
El proyecto de Ley promovido por la diputada Ayelén Acosta (PRO), acompañado por la firma de legisladores de Juntos por el cambio, es una polémica iniciativa ante la apertura del debate por la reforma del sistema previsional.
La diputada abre la discusión poniendo como ejemplo de la reforma que impulsó Gustavo Bordet en la Asamblea Legislativa la propia pensión vitalicia del gobernador.
La derogación de la pensión implicaría un “complemento”, en el que “el haber jubilatorio no supere el 75 por ciento de la remuneración del cargo de gobernador o vicegobernador, según el caso”.
En los argumentos, la diputada explicó que “si bien a nivel nacional y en otras provincias se hallan instituidas pensiones similares, inclusive ampliada a legisladores, la razón de la derogación que se propone tiene distintos aspectos: por un lado el aspecto económico, la erogación de por vida por un cargo que fue ocupado por solo cuatro u ocho años, y que se comienza a percibir una vez cesado en el ejercicio de la función, es sin lugar a dudas un privilegio que no es sostenible en los tiempos que vivimos, donde la Caja de Jubilaciones, según expresiones de sus autoridades actuales, padece un déficit complejo; y, por otro lado las deficiencias y lo desactualizado de una ley que data de 1965”.
La Ley 4.506 no establece más requisitos que el haber ejercido los cargos a gobernador y vicegobernador: “No requiere una edad mínima, un cómputo de años de aportes, años de antigüedad, además con la posibilidad de ser reelectos nada impide que alguien pida dos pensiones vitalicias, o como ocurre, ex funcionarios que son jóvenes aún para jubilarse y a su vez perciben otras remuneraciones por ocupar cargos electivos. Todo ello, también aporta al desfinanciamiento de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos”.
La propuesta “sustituye esa pensión vitalicia por un complemento para que el haber jubilatorio de los ex funcionarios no sea menor al 75 por ciento del sueldo del gobernador o vice, que implica, también como requisito el poseer una jubilación o pensión, según el caso, otorgada por algún ente previsional nacional, provincial o municipal; es decir, recién se cobraría una vez que el ex funcionario ya esté jubilado”.
Para la diputada, lLa consolidación del sistema republicano, de la democracia como mecanismo de elección de autoridades, “requiere la desaparición de los privilegios, requiere que la igualdad frente a la ley sea concreta y definida, sin zonas grises”.