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Impulsan un régimen para agilizar la regularización de inmuebles municipales y comunales

Se presentó un proyecto de Ley en la Cámara de Diputados para simplificar los trámites para regularizar la situación dominial de inmuebles utilizados por municipios y comunas y habilita, bajo determinadas condiciones, la transferencia gratuita de bienes provinciales a los gobiernos locales, confirmó AIM.

La iniciativa impulsada presentada por el diputado Lenico Aranda y acompañada por legisladores de Juntos por Entre Ríos tomará estado parlamentario en la próxima sesión.

El objetivo es resolver situaciones en las que inmuebles pertenecientes formalmente a la provincia se encuentran desde hace años bajo utilización, administración o mantenimiento de municipios y comunas. Según los fundamentos, esa falta de correspondencia entre la situación registral y el uso efectivo de los bienes “genera dificultades para la planificación territorial, limita la capacidad de inversión de los gobiernos locales, obstaculiza la ejecución de obras públicas y programas de financiamiento”.

En ese sentido, los autores plantearon que “la regularización dominial constituye una herramienta destinada a dotar de seguridad jurídica al patrimonio público, simplificar la gestión administrativa y fortalecer las capacidades institucionales de los municipios y comunas”. Además, sostuvieron que concentrar la titularidad en el nivel estatal que efectivamente administra los bienes permitirá “una gestión más eficiente, transparente y responsable de los recursos públicos”.

Transferencias gratuitas a municipios y comunas
Uno de los puntos centrales faculta a la Agencia Administradora de Bienes Inmuebles de la Provincia de Entre Ríos (Aabiper) a disponer la transferencia gratuita a municipios o comunas de determinados inmuebles incorporados al dominio provincial, siempre que esos bienes no sean necesarios para el cumplimiento de finalidades propias de la provincia.

Los impulsores aclararon que esa transferencia “no implica una disminución del patrimonio público, sino una reasignación racional de su titularidad conforme al destino público que efectivamente cumplen los bienes”. A su vez, consideraron que el régimen evitará tener que recurrir a una ley particular para resolver la situación de cada inmueble.

La Aabiper quedaría como autoridad de aplicación. De acuerdo con los fundamentos, centralizar el procedimiento en ese organismo permitiría “uniformar los criterios de actuación” y consolidar “una base de información única sobre el patrimonio inmobiliario provincial”.

Plazos de hasta 90 días y trámites sin costo
La propuesta incorpora una serie de mecanismos destinados a acelerar las regularizaciones. Entre ellos establece que las deudas por impuestos, tasas o contribuciones no impedirán el otorgamiento de escrituras ni la tramitación catastral, aunque deberán ser asumidas por los municipios o comunas cuando corresponda.

Además, dispone que los trámites administrativos realizados ante la Provincia dentro del procedimiento abreviado no tributarán impuestos ni tasas administrativas. También prevé que los planos de mensura sean confeccionados por profesionales de la Dirección de Catastro “sin costo para los Municipios y/o Comunas requirentes”.

Otro aspecto relevante es la imposición de un plazo máximo: los trámites ante Catastro, los registros de la Propiedad Inmueble y Escribanía Mayor de Gobierno vinculados con estos inmuebles “no podrán exceder en su tramitación más de 90 días”, con responsabilidad administrativa para los funcionarios en caso de incumplimiento.

Bienes ferroviarios y espacios públicos
El proyecto también contempla inmuebles afectados a estaciones o líneas ferroviarias actualmente inactivas. En esos casos habilita al Estado provincial, municipios o comunas a avanzar mediante mecanismos de prescripción administrativa para preservar espacios públicos, aunque establece la obligación de notificar a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) para que pueda formular su descargo.

En caso de existir una objeción fundada del organismo nacional, el inmueble deberá ser tasado para determinar el pago o compensación correspondiente, con la posibilidad de descontar mejoras, inversiones y gastos de conservación realizados por los distintos niveles estatales.

Los legisladores argumentaron que existen numerosos bienes públicos con “deficiencias en su registración catastral y dominial” debido a antiguas adquisiciones, transferencias entre organismos, modificaciones parcelarias, ocupaciones históricas, expropiaciones y donaciones. Esa situación, advirtieron, dificulta obras de infraestructura y políticas de “vivienda, educación, salud, seguridad y desarrollo urbano”.

Por eso, afirmaron que el régimen busca “reducir plazos administrativos, simplificar requisitos formales y otorgar prioridad” a estos expedientes, sin afectar los controles técnicos ni los derechos de terceros.

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