Un proyecto ideado e impulsado con fuerza por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenneger. Normas que quedaron viejas, regulan organismos que ya no existen o “limitan libertades”, dentro del listado. Ingresó por Diputados y tiene giro a tres comisiones.
“Cosa que resulta inútil o innecesaria dentro de un conjunto”. Tercera y última definición de la Real Academia Española para “hojarasca”, el término que eligió Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado, para bautizar al proyecto con el que busca ponerle fin a un abultado conjunto de leyes que considera ya no sirven. Algunas no sólo por el paso del tiempo, sino también porque “limitan libertades”, según la mirada de la gestión de Javier Milei.
La iniciativa, que fue enviada formalmente a la Cámara de Diputados el pasado 10 de octubre, contiene tan solo nueve artículos, pero en el primero de ellos ya se enumeran todas las normas con las que se propone terminar: la derogación total de 63 leyes; la derogación total de dos decretos; y la modificación de otras tres leyes. Es decir, en total, 68 cuestiones.
Para el trámite parlamentario en la Cámara baja, el proyecto fue girado a tres comisiones, las de Asuntos Constitucionales, Legislación General y Presupuesto y Hacienda, que presiden los oficialistas Nicolás Mayoraz, Santiago Santurio y José Luis Espert, respectivamente.
En los fundamentos del texto, desde la cartera que comanda Sturzenneger -la última creada por el Poder Ejecutivo en julio pasado-, se indicó que se hizo un estudio de todo el digesto jurídico desde 1864 hasta la fecha. El listado incluye varias normas sancionadas bajo gobiernos de facto, pero también en democracia.
“Se advierte la necesidad de eliminar toda legislación que no se condice con los tiempos que corren ya sea por su carácter obsoleto, inútil, o por haber sido superada por normativas posteriores; por tratarse de legislación sobre temas de escasa relevancia o trámites inútiles que generan o incrementan costos para los ciudadanos”, resumió el PEN en los fundamentos.
Bajo esa mirada, el Gobierno señaló que ya la Constitución Nacional establece los “derechos fundamentales que son inherentes a las personas”. “Es decir que no es necesario emitir una norma que reconozca un derecho que ya es propio de todos los habitantes de la Nación. Lamentablemente, las corrientes ideológicas más intervencionistas, predominantes durante el siglo XX, revirtieron ese paradigma e impusieron la visión de que para la ‘adquisición’ de un derecho era necesaria una ley que otorgara ese derecho”, explicó.
Para el ministerio a cargo de Sturzenneger, “esta sobrerregulación ha llevado a una situación en la que pareciera que ninguna actividad es posible sin un aval previo del Estado” y, así, “se instala una lógica en la que se presume que todo está prohibido, salvo lo que está expresamente permitido”.
“Del análisis de todo este fárrago legislativo, en cierta forma caótico, surge que, sea porque son meramente declamativas, porque las circunstancias históricas en las que fueron dictadas quedaron en el pasado, porque esas regulaciones han sido superadas por leyes posteriores o por los cambios que experimentó la sociedad en lo tecnológico o social, existe una enorme cantidad de leyes que actualmente aparecen como vigentes pero que ya no tienen aplicación práctica alguna. Algunas nunca la tuvieron”, se agregó.
La “ley hojarasca” había sido anunciada por el Gobierno ni bien sancionada la Ley de Bases. Sin embargo, demoró unos meses en su arribo al Congreso. Con el fin de poner en autos a los bloques dialoguistas, el propio ministro Sturzenegger encabezó reuniones en las que explicó a los legisladores opositores en qué consistía su idea. Idea que llega en el último tramo del año y en paralelo a la discusión del Presupuesto 2025. Sin embargo, el oficialismo empujará por su pronta aprobación.
Las leyes que se proponen derogar, divididas en seis grupos
Dentro de la clasificación que estableció el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, el primer conjunto de leyes a derogar son aquellas que han sido “superadas por normas posteriores”.
Ley 94 (1864). Inhabilita por 10 años a cualquier autoridad que haga azotar a una persona. La pena de azotes fue prohibida por la Constitución Nacional en su artículo 18, con lo cual se considera “absurdo mantener” esta ley que “ha perdido vigencia”.
Ley 3.863 (1899). Otorga a las compañías de seguro sobre riesgos agrícolas beneficios impositivos por 10 años y está en línea con artículos del antiguo Código Civil y Comercial. “Actualmente carece de sustento normativo”, afirmaron desde el PEN.
Ley 16.789 (1965). Es la que establece que los poderes, reparticiones, organismos y entidades del Estado Nacional deberán adquirir automóviles destinados a su servicio que sean de industria nacional.
Ley 17.557 (1967). Rige la provisión, instalación y utilización de equipos destinados a la generación de rayos X, que fue superada por la Ley 26.906.
Ley 20.400 (1973). Establece que no se podrá realizar ninguna operación con el objeto de conseguir para sí o de proporcionar a un tercero mano de obra de personas que no ofrezcan voluntaria y espontáneamente sus servicios. Fue superada por la Ley 26.364, sobre trata de personas.
Ley 20.843 (1974). Es la Ley de “Padrinazgo Presidencial”. El proyecto prevé, en su artículo 2, que las personas que ya sean beneficiarias podrán optar por seguir manteniendo sus beneficios.
Ley 21.778 (1977). Faculta a las empresas estatales a convocar licitaciones y celebrar contratos destinados a la exploración y explotación de hidrocarburos. “Esta ley devino obsoleta por las normas dictadas ulteriormente, en particular las modificatorias de la Ley 17.319 de Hidrocarburos”, señaló el PEN.
Ley 22.109 (1979). Sobre aislamiento de enfermos o sospechosos de viruela y sus contactos, así como la vacunación y revacunación. Esta norma ha sido superada por la Ley 27.491.
Ley 23.678 (1989). Determina fórmulas para liquidar las regalías petroleras. Esta norma dejó de aplicarse, ya que fue perfeccionada por legislación posterior.
Ley 24.675 (1996). Refiere a la actuación de los auxiliares de la Justicia ante la Justicia Nacional. Fue declarada inválida por la Corte Suprema, mediante la Acordada 60/96.
Dentro del segundo paquete de leyes diseñado por el Poder Ejecutivo se encuentran aquellas que se volvieron “obsoletas o sin efecto por el avance de la tecnología, economía o paso del tiempo”.
Ley 448 (1870). Otorga un premio en metálico a quien descubra una mina de carbón. “El carbón mineral es una de las fuentes de energía más contaminantes que existen; por lo tanto, su uso debe ser desalentado, no premiado”, afirma el Gobierno.
Ley 3.235 (1895). Es una ley sobre adquisición de armamento de fines del siglo XIX. Los montos están desactualizados y en moneda desactualizada.
Ley 16.879 (1965). Concede una exención de impuestos a las ventas, de recargos de importación y reintegros impositivos a la industria nacional adjudicataria de licitaciones internacionales para ciertos proyectos eléctricos. “Es un esquema tributario que no ha tenido aplicabilidad práctica”, consideró el PEN.
Ley 18.569 (1970). Implanta el uso del procedimiento de microfilmación para todo tipo de documentación en el Comando en jefe del Ejército. “Hoy día, se ha convertido en algo totalmente arcaico que ha sido reemplazado por medios digitales más eficientes”, apuntaron desde la cartera de Sturzenneger.
Ley 19.648 (1972). Declara de interés nacional, entre otros, a la prospección, exploración, el desarrollo minero y la explotación de carbón mineral. “Hoy, lejos de ser de interés nacional, lo que se busca es ‘descarbonizar’ la economía”, se indicó en los argumentos.
Ley 20.114 (1973). Autoriza al Comando en jefe de la Armada a utilizar procedimientos de microfilmación.
Ley 20.577 (1973). Considera de interés nacional toda innovación que pueda efectuarse en materia de sistemas de transmisión de imágenes televisivas.
Ley 21.895 (1978). Autoriza las emisiones de televisión en color. “Ya existe un marco normativo moderno en materia de comunicaciones que la torna innecesaria”.
Ley 23.756 (1989). Autoriza al Poder Ejecutivo a habilitar a todos sus organismos a utilizar la microfilmación.
El tercer conjunto de leyes es aquellas que considera desde el Gobierno “afectan libertades individuales”.
Ley 14.034 (1951). Impone pena de prisión para los argentinos que propicien la aplicación de sanciones políticas o económicas contra el Estado.
Ley 18.312 (1969). Crea el “Fondo para el desarrollo de la producción de papel prensa y de celulosa”. “Esta ley del gobierno de facto de 1966-1970 busca restringir la libertad de expresión”, remarcó el PEN.
Ley 19.787 (1972). Esta ley del gobierno de facto de Alejandro Agustín Lanusse declara de interés nacional la difusión de la “música argentina”.
Ley 20.120 (1973). Esta ley, también durante el gobierno de facto de Lanusse, regula el derecho de reunión, incluso en lugares cerrados.
Ley 20.802 (1974). Crea un carnet de mochilero. Fue puesta en marcha en el contexto de subversión. Sigue vigente, sin aplicación, y va en contra de la libertad constitucional de transitar.
Ley 20.959 (1975). Derecho de libre circulación y libre estacionamiento para senadores y diputados de la Nación y los secretarios y prosecretarios de ambas cámaras del Congreso. “Hay pocos ejemplos de privilegio tan claros como el que deja en evidencia esta norma, inaceptable en una sociedad democrática, y contraria al principio de igualdad ante la ley”, se enfatizó desde la cartera de Desregulación y Transformación del Estado.
Ley 20.983 (1975). Los medios de difusión radial y televisiva quedaban obligados a destinar espacios diarios para desarrollar temas de interés turístico nacional. “Esta norma no se aplica desde hace años y la temática está regulada a través de la Ley 26.522”.
Ley 22.875 (1983). Implementa medidas de defensa nacional, originadas por la vulnerabilidad del potencial productivo nacional, cuyo funcionamiento entiende puede ser perjudicado en caso de ataque exterior.
Ley 22.964 (1983). Se propone la derogación de los artículos 6, 7 y 8. Disposiciones aplicables en todo el país con el fin de controlar la endemia de lepra. “Esta norma, de corte netamente medieval, no solo estigmatiza una enfermedad, sino que viola en forma flagrante los derechos reconocidos por la Constitucional Nacional”, por eso “deben derogarse los artículos que permiten la internación forzosa, siendo incomprensible que hoy en día continúen vigentes”, fundamentó el PEN.
En la cuarta categoría de normas aparecen aquellas “cuya derogación implica un avance en el proceso de desburocratización”.
Ley 14.041 (1951). Autoriza al Poder Ejecutivo a proceder a la formación de un acopio permanente de artículos, materiales y elementos para atender las necesidades y aprovisionamientos de la Marina de Guerra. Esta ley ha dejado de tener operatividad, máxime cuando el acopio de material bélico es una potestad propia de la Administración.
Ley 14.800 (1959). Obliga a quien demuela una propiedad con salas de teatro a construir un teatro con características similares a la propiedad demolida.
Ley 17.752 (1968). Declara promovida la construcción, equipamiento y explotación de hoteles nuevos para turismo internacional. “Es una ley que desde 1978 no tiene aplicación”, dijo el PEN.
Ley 19.340 (1971). Esta ley obliga a los propietarios que interrumpen una construcción a reportar dicha interrupción.
Ley 19.363 (1971). Establece que el Poder Ejecutivo puede sortear premios entre los compradores de boletos de cine.
Ley 20.308 (1973). Esta ley crea el Fondo Naval Fomento Actividades Náuticas. El PEN aseguró que “su uso se ha discontinuado hace años”.
Ley 20.496 (1973). Declara de interés nacional la promoción del uso de fertilizantes, autorizando al organismo de aplicación para proceder a la importación de los distintos fertilizantes elaborados en cualquiera de sus formas.
Ley 20.876 (1974). Declara de interés nacional a la apicultura y prohíbe la introducción de capital extranjero para la producción apícola. Dicha prohibición quedó derogada de hecho cuando se derogó la Ley 20.557 de radicaciones extranjeras.
Ley 21.056 (1975). Fuerza a las compañías de medios de transporte de media y larga distancia a exhibir fotos, láminas y afiches para promover el turismo nacional e internacional.
Ley 21.145 (1975). Otorga un privilegio a los artistas de compañías teatrales para viajar y alojarse a un precio reducido en los servicios que presten empresas estatales.
Ley 21.159 (1975). Crea un curso de formación turística destinado al personal de la Administración Pública Nacional.
Ley 22.426 (1981). Regula los contratos de transferencia de tecnología y marcas extranjeras.
Ley 22.963 (1983). Se propone la derogación de sus artículos 18, 20, 21, 23, 24, 25, 26, 27, 28 y 29; y la modificación del 1 y 17. Conocida como Ley de Carta (cartografía oficial). Esta ley sancionada por el presidente de facto Reynaldo Bignone regula el funcionamiento del actualmente denominado Instituto Geográfico Nacional, órgano encargado de la confección de mapas oficiales.
Ley 23.419 (1986). Establece un régimen legal sobre el uso de subsuelo-exploraciones para empresas y sociedades del Estado.
Ley 23.634 (1988). Declara de interés nacional y prioritario la promoción, fomento y desarrollo de la cunicultura -cría de conejos- y crea la Comisión Nacional de Cunicultura.
Ley 24.057 (1992). Impulsa al Poder Ejecutivo a la creación de “asociaciones civiles para problemas de hábitat”. Afirman que “nunca fue reglamentada”.
Ley 24.127 (1992). Instituye un “Premio Nacional a la Calidad” en el sector privado y en la Administración Pública.
Ley 24.298 (1994). Crea el Programa Nacional para la Vinculación con la Comunidad Argentina en el Exterior.
Ley 24.960 (1998). Instituye el premio “Prevención de las Adicciones”, el que tiene como finalidad incentivar la participación en la prevención de la drogadependencia.
Ley 25.750 (2003). Esta ley -de Preservación de Bienes y Patrimonios Culturales- “restringe el derecho de ejercer industria en algunas actividades particulares”, señaló el PEN.
Ley 26.227 (2007). Crea el Consejo Federal de la Juventud con la misión de colaborar con el diseño y coordinación interjurisdiccional de las políticas de juventud.
Ley 26.688 (2011). Declara de interés nacional la investigación y producción pública de medicamentos, materias primas para la producción de medicamentos, vacunas y productos médicos, entendiendo a los mismos como bienes sociales. “Es una ley primordialmente declamativa”, consideró el ministerio que conduce Sturzenegger.
Ley 27.171 (2015). Establece que la Federación Colombófila Argentina debe constatar el año de nacimiento y la matrícula de las palomas mensajeras de carrera que determine su pertenencia al Registro Nacional de Desarrollo y Potencial Colombófilo. “Constituye una sobrerregulación de una actividad tan inocua como las competencias de palomas”.
En el quinto listado de leyes se encuentran aquellas que remiten a procesos inexistentes o a organismos disueltos.
Ley 11.245 (1923). Fija las tarifas a percibir por la Oficina Química del Departamento Nacional de Higiene, organismo que en la actualidad no existe.
Ley 11.380 (1926). Autoriza al Banco de la Nación Argentina a ampliar los plazos de préstamos a las sociedades cooperativas, sobre la base de una ley derogada hace 50 años.
Ley 12.307 (1936). Establece premios a la pintura y literatura, que tienen que otorgarse sobre la base de la elección de institutos que no existen en la actualidad.
Ley 13.521 (1949). Exceptúa del pago del impuesto de sellos y de todo otro impuesto, tasa o contribución a las gestiones administrativas y judiciales necesarias para obtener el reconocimiento de excepciones al servicio militar.
Ley 14.578 (1958). Crea el Fondo Especial de Obras y Servicios Públicos, que en la actualidad es un Fondo sin recursos.
Ley 17.584 (1967). Crea el Fondo Nacional Permanente para Estudios de Preinversión, el que hace años dejó de existir.
Ley 20.085 (1973). Instituye el sistema “Complejo Portuario de Ultramar en Aguas Profundas”. “El proyecto nunca superó la etapa de los estudios de pre-factibilidad, a pesar del tiempo transcurrido desde la sanción de la norma”, apuntó el PEN.
Ley 20.299 (1973). Tenía por finalidad que el Estado garantizara las exportaciones de los particulares, en un esquema de comercio exterior de profunda intervención pública.
Ley 20.327 (1973). Establece a “Ediciones Culturales Argentinas” como un organismo de carácter descentralizado dependiente del área de Cultura.
Ley 20.543 (1973). Esta ley establece que los arrendatarios y aparceros que adquieran un predio que estaban locando, de entre una y dos unidades económicas, obtendrían créditos y otros beneficios. Hace tiempo que estos beneficios no están disponibles, ni siquiera en el sector financiero público.
Ley 20.956 (1975). Determina que por intermedio de la Empresa del Estado Agua y Energía Eléctrica se procedería a iniciar estudios e investigaciones para establecer un plan de aprovechamiento energético de las mareas en el litoral marítimo del país. La empresa ya no existe.
Ley 23.671 (1989). Crea el Comité de Análisis y Seguimiento de la asignación de los recursos crediticios previstos en el “Tratado General de Cooperación y Amistad entre la República Argentina y el Reino de España”.
Ley 24.731 (1996). Establece que el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos elaboraría y publicaría un informe anual de tecnología industrial. La norma ha dejado de ser operativa.
Decreto Ley 12.795/44. Determina que la inexistente Comisión Nacional de Granos y Elevadores no inscribiría en el Registro de Comerciantes en Granos y excluiría del mismo a ciertas sociedades.
Decreto 1.262/03. Crea la Unidad de Reestructuración del Sistema Financiero. Este organismo, creado luego de la crisis del año 2002, ha dejado de existir.
Finalmente, en el sexto lugar hay dos leyes que se proponen modificar, más no derogar en su totalidad, y son las que tienen que ver con “organismos para integrantes del sector público financiados con fondos públicos nacionales”.
Ley 20.984 (1975). Crea el Círculo de Legisladores de la Nación Argentina. Se busca derogar los artículos 3 y 11 y sustituir el 8, para eliminar el financiamiento estatal. “Los legisladores que quieran participar y aportar para dicho Círculo podrán seguir haciéndolo, con sus propios fondos”.
Ley 24.807 (1997). Esta ley crea la Federación Argentina de Municipios. Se propone sustituir el artículo 11 para que el financiamiento de dicha Federación no provenga de las arcas del Estado Nacional.