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Política
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Se dará estatus jurídico a la Caja de Previsión Social de los profesionales de Ciencias Económicas

Ingresó en la Cámara de Diputados un proyecto de Ley por el que se busca crear la Caja de Previsión Social para profesionales en Ciencias Económicas de Entre Ríos, “que tendrá como objeto principal la administración integral del sistema jubilatorio “, confirmó AIM.

La iniciativa la impulsó el Poder Ejecutivo. El texto que pasó a comisión para su análisis establece que la Caja de Previsión Social “tendrá como finalidad generar un sistema contributivo de protección de los afiliados frente a las contingencias de vejez, invalidez y muerte, promoviendo prestaciones dinerarias que mantengan proporcionalidad con las aportaciones realizadas, equidad intergeneracional, aplicación de los rendimientos generados por los mencionados fondos y teniendo en cuenta los ingresos declarados por los afiliados activos, considerados como base para las aportaciones”.

El proyecto, “se trata de la concreción de un anhelo postulado por los profesionales de Ciencias Económicas de todo el territorio provincial, con el propósito de darle un status jurídico superior al sistema previsional vigente, que demostró que tiene bases sólidas y que satisface plenamente el propósito por el cual fue creado”.

Precisamente, la iniciativa del Ejecutivo “persigue la continuidad del Sistema de Previsión hoy vigente, pero bajo el amparo de una ley que lo eleve a otra categoría desde el aspecto jurídico, dotándolo de seguridad jurídica y autonomía funcional, pero siempre apegado a los principios que formularon su creación”.

Además, se determina que todos los recursos que en la actualidad se encuentran bajo la titularidad del Consejo pero afectados al Sistema de previsión, “pasarán a formar un fondo previsional cuya conformación, integración, inversión y administración se regirá por la nueva normativa, y estará compuesto por los recursos integrados al fondo solidario obligatorio y al fondo de capitalización correspondiente a las cuentas individuales y nominales de cada afiliado aportante, sean éstos integrados en forma obligatoria o voluntaria, así como también por un fondo de contingencia para la protección de la muerte e invalidez de cada beneficiario”.

Historia
Cabe recordar que la Ley de creación del Consejo otorga la facultad de “organizar servicios asistenciales y previsionales que cubran integralmente los riesgos sociales de sus matriculados y núcleo familiar, en la forma y con los alcances previstos en las reglamentaciones que dicte al efecto”. Haciendo uso de esa facultad es que el 30 de octubre de 1992, por medio de una Asamblea General Extraordinaria, se dispuso la creación del sistema previsional de carácter obligatorio, lo que permitió que los matriculados pudieran dejar de contribuir al Sistema Nacional para volcar sus aportes a un esquema generado, organizado y ejecutado dentro de Entre Ríos y con el control democrático de sus integrantes. El cual cuenta con un Reglamento que contiene la estructura del sistema basado en la determinación de un Haber Previsional que combina un Régimen de Capitalización con un Régimen Solidario, caracterizado por la afiliación obligatoria y automática de los matriculados al Consejo.

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