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El juez Leandro Ríos benefició con prisión domiciliaria al genocida Cosme Ignacio Demonte

Entre gallos y medianoche, este viernes 19 de agosto el juez Leandro Ríos cedió al pedido de prisión domiciliaria del genocida Cosme Ignacio Marino Demonte; resolución que se ejecutó sin demoras el sábado 20. Menos de 24 horas le llevó al juez disponer el traslado del genocida desde el hospital Pascual Palma de la capital entrerriana hacia la localidad de las Rabonas, provincia de Córdoba. Hijos rechazó y repudió la concesión de la prisión domiciliaria al genocida: “El único lugar para un genocida es la cárcel común, perpetua y efectiva. Ni un solo genocida por las calles argentinas”.

Oportunamente familiares de las víctimas se habían manifestado ante el juez Leandro Ríos, oponiéndose a que se le otorgara dicho beneficio entendiendo que el peligro de fuga del genocida Demonte es una posibilidad real, además de recordarle los diversos artilugios que el ahora condenado utilizó para dilatar la causa judicial y que la misma llegara a una condena recién 10 años después de su reapertura.

El Juzgado Federal de Paraná, de un tiempo a esta parte, insiste en elevar causas desmembradas que impiden dar cuenta de la magnitud y dimensión que tuvo el plan de exterminio llevado a cabo por aquellos a quienes debe investigar, lo que se traduce en ausencia de justicia para muchas víctimas que esperan una debida y exhaustiva investigación por parte de un juzgado que debería avanzar con premura y sin embargo casi no hay movimientos en los expedientes que tiene a su cargo.

El juez Leandro Ríos no solo beneficia a los genocidas con la prisión domiciliaria, sino que también los beneficia con la impunidad que aún mantienen aquellos integrantes de la maquinaria criminal puesta en marcha durante la última dictadura cívico militar que aún no se han podido identificar.

Caminando la memoria
Cosme Demonte fue juzgado y condenado a prisión perpetua por delitos de lesa humanidad en la causa “Área Paraná”, bajo el juzgado de Leandro Ríos. Causa que se llevó a través de un proceso escrito, por regirse bajo el Código Procesal Penal anterior al actual, convirtiéndolo en un mero trámite hermético y extenso.

Leandro Ríos dio lugar a cada obstáculo que presentaron los imputados. Llegando al extremo de permitir la absolución de posiciones, instancia contemplada en el Código Procesal que habilita a los imputados a hacerle preguntas a las víctimas. Para que quede claro: permitió que secuestradores y torturadores interrogaran a sus víctimas en el marco de un juicio por delitos de lesa humanidad. En ese juicio el genocida Cosme Demonte dio información sobre las víctimas desconocida por ellas mismas, actuando de manera claramente intimidatoria.

Desde los organismos de derechos humanos de Entre Ríos exigen al gobierno provincial la creación del Mecanismo contra la Tortura, sin encontrar eco al respecto, sino más bien una clara resistencia: “Es así que en nuestra provincia nos encontramos con un panorama en donde los presos comunes no pueden acceder a su derecho a la salud y por otro lado un juez federal resuelve con celeridad y de manera arbitraria, ante la solicitud de un genocida condenado a prisión perpetua por secuestro, torturas y homicidio, autorizar a residir en un vivienda de la localidad de Las Rabonas, en la provincia de Córdoba”.

El genocida Cosme Demonte intervino en la desaparición forzada de Pedro M. Sobko y Victorio “Coco” Erbetta. Integró el grupo de tareas de la Policía Federal de Paraná que aterrorizaba a la población durante la dictadura cívico militar. En el transcurso de todos estos años no sólo obstaculizó el avance de la Justicia con malicia procesal, sino que mantuvo el pacto de silencio que todavía hoy impide conocer el destino de los desaparecidos. "No dudamos que la prisión domiciliaria implica un serio riesgo de fuga y de amedrentamiento para las víctimas y sus familiares", indicaron desde Hijos Paraná.

Además, desde Hijos entienden “que los problemas de salud alegados pueden ser atendidos manteniendo el régimen de detención en la cárcel de Paraná. Contradictoriamente, el recóndito pueblo de Córdoba donde ahora reside apenas cuenta con un centro de salud. Por otro lado, el hecho de haber cumplido 70 años no es requisito suficiente para que goce de este beneficio”.

“Quedará en la historia, quedará en la memoria popular quiénes con su pluma impune autorizaron darle el privilegio de la prisión domiciliaria a un genocida poniendo en riesgo la vida y la salud mental de sus víctimas. Las huellas del horror han quedado grabadas en los cuerpos de sus víctimas, que han perdido a sus padres y madres en manos de los responsables del genocidio perpetrado por quienes hoy gozan de derechos como de no cumplir su condena en una prisión común y efectiva”, afirmaron.

En ese marco, rechazaron y repudiaron la concesión de la prisión domiciliaria al genocida Cosme Demonte: “El único lugar para un genocida es la cárcel común, perpetua y efectiva. Ni un solo genocida por las calles argentinas”.

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