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Hoy es el Día Mundial contra la Trata de Personas

La trata de personas es un delito que explota a mujeres, niños y hombres con numerosos propósitos, incluidos el trabajo forzoso y el sexo. La Organización Internacional del Trabajo calcula que casi 21 millones de personas en el mundo son víctimas del trabajo forzoso. En esa cifra se incluye también a las víctimas de trata para la explotación laboral y sexual. Todos los países están afectados por la trata, ya sea como país de origen, tránsito o destino de las víctimas. En 2013, la Asamblea General de la ONU, sostuvo una reunión para evaluar el Plan de Acción Mundial y se designó al 30 de julio como el Día Mundial contra la Trata, registró AIM.[{adj:52841 alignright}]

Mensaje del Secretario General 2019

La trata de personas es un delito atroz que afecta a todas las regiones del mundo. Aproximadamente el 72 por ciento de las víctimas detectadas son mujeres y niñas, y el porcentaje de niños que son víctimas de este delito se ha duplicado con creces entre 2004 y 2016, según la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito. La mayoría de las víctimas detectadas son objeto de trata con fines de explotación sexual, pero las víctimas también son objeto de trata para ser utilizadas en trabajo forzoso, para ser reclutadas como niños soldados y para otras formas de explotación y abuso.

Los tratantes y los grupos terroristas se aprovechan de las personas vulnerables, ya sea personas que viven en la pobreza, que están atrapadas en la guerra o que sufren discriminación. Nadia Murad, la primera víctima de trata en ser Embajadora de Buena Voluntad de las Naciones Unidas, recibió con justicia el Premio Nobel de la Paz en 2018 por catalizar la acción internacional para acabar con la trata y la violencia sexual en los conflictos.

Los conflictos armados, el desplazamiento, el cambio climático, los desastres naturales y la pobreza exacerban la vulnerabilidad y la desesperación que permiten que la trata prospere. Los migrantes están en el punto de mira. Miles de personas han perdido la vida en el mar, en los desiertos, en centros de detención, a manos de tratantes y contrabandistas de migrantes que ejercen su monstruoso y despiadado oficio.

Pero también cada día la indiferencia ante el abuso y la explotación que nos rodean se cobra numerosas víctimas. Desde el sector de la construcción al de la producción de alimentos o de bienes de consumo, incontables negocios y empresas se benefician de la miseria.

La acción multilateral ha dado lugar a avances, por medios como la Convención de Palermo y su Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños. La mayoría de los países cuentan con las leyes necesarias, y en algunos se han producido recientemente las primeras condenas por trata, pero queda mucho por hacer para llevar a las redes transnacionales de trata ante la justicia y, sobre todo, para asegurarse de que se detecta e identifica a las víctimas y de que estas pueden acceder a la protección y los servicios que precisan.

Los Objetivos de Desarrollo Sostenible incluyen metas claras para prevenir el abuso y la explotación, eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, y erradicar el trabajo forzoso y la mano de obra infantil. En este Día Mundial contra la Trata de Personas, reafirmemos nuestro compromiso y nuestro empeño en impedir que los delincuentes exploten a las personas para obtener beneficios y en ayudar a las víctimas a reconstruir su vida.

Sobre la fecha

En 2013, la Asamblea General de la ONU, sostuvo una reunión para evaluar el Plan de Acción Mundial. Los Estados miembros adoptaron la resolución A/RES/68/192, designando al 30 de julio como el Día Mundial contra la Trata.

En la resolución, se señala que el día es necesario para «”concientizar sobre la situación de las víctimas del tráfico humano y para promocionar y proteger sus derechos”.

La trata de personas representa la negación de derechos humanos fundamentales como: a la Libertad, a la integridad, a la dignidad y a la seguridad de las personas; el derecho a no ser sometido a torturas, ni a malos tratos o a condiciones infrahumanas.

La trata de Personas ha sido definida en forma consensuada a partir del Protocolo de Palermo: “…La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación…”.

La trata de personas es una violación de las libertades individuales: “la esclavitud contemporánea”. Es uno de los crímenes más lucrativos del mundo, según estima la Oficina de Naciones Unidas (Unodc). Ocupa el 2º lugar global, luego del tráfico de drogas. Mueve aproximadamente 4.000.000 millones de personas y produce ganancias por sobre los 32 millones de dólares por año a nivel mundial.

Según los últimos datos dados a conocer por la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex); estima que un 27 por ciento de las víctimas de trata son menores de 18 años (12 a 18 años) y el 73 por ciento son mayores de edad.

El 98 por ciento de víctimas de trata con fines de explotación sexual y comercial, su edad promedia entre los 18 y 30 años; son Mujeres Niñas, Jóvenes y adultas, en su mayoría en situación de vulnerabilidad.

En este contexto se considera a Argentina un país de origen, tránsito y destino de Mujeres Niñas, Jóvenes y Adultas, de Varones Niños, Jóvenes y Adultos víctimas de trata de personas; en particular la prostitución forzada y el trabajo forzado.

La Organización Internacional de Migraciones (OIM) ha considerado a Entre Ríos es una zona de alto riesgo para la trata interna, como externa; por ser ruta Mercosur y zona de frontera. Donde se unen puntos de comercialización y riqueza.

¿Qué hacer ante la desaparición de una persona que se presume víctima de trata de personas?

Conforme a recomendaciones de la Protex, la búsqueda de personas por parte del Estado debe enmarcarse en el deber de investigar efectiva y adecuadamente las desapariciones de personas y determinar si éstas han sido víctimas de algún delito contra la vida, la integridad física, sexual o la libertad de conformidad a los compromisos internacionales asumidos por nuestro país en el marco de la Convención Americana de Derechos Humanos, informaron desde la Asociación Civil Red de Alerta de Entre Ríos.

La desaparición de una persona puede comprender la configuración de un delito complejo, múltiple, debido a que atenta contra un conjunto diverso de derechos fundamentales: derecho a la vida, derecho a la libertad y a la seguridad personal; derecho a la integridad personal, derecho a la identidad; derecho a una reparación; derecho a la libertad de expresión.

Ante el contexto de desaparición de persona y su denuncia, surge una deber de debida diligencia estricta respecto a su búsqueda durante las “primeras horas y los primeros días”; exigiendo la realización exhaustiva de actividades de búsqueda. En particular, es imprescindible la actuación pronta e inmediata de las autoridades policiales, fiscales y judiciales ordenando medidas oportunas y necesarias dirigidas a la determinación del paradero de las víctimas o el lugar donde puedan encontrarse privadas de su libertad.

La Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex) determina y exhorta a que “Las autoridades deben presumir que la persona desparecida esta privada de su libertad y se encuentra con vida hasta que se ponga fin a la incertidumbre sobre lo que ha sucedido”. Ya que la desaparición de mujeres también puede convivir ampliamente con hipótesis de trata de personas, delitos sexuales y feminicidios, por lo que es necesario obrar con suma urgencia y diligencia en cuanto a la investigación.

Como así también en su protocolo de búsqueda de personas, describe la tarea del fiscal: en el Código Procesal Penal de la Nación, varía de acuerdo al delito investigado, a la competencia y a la identificación de sus autores. Los procesos de búsqueda de una persona desaparecida conforman un universo de casos que en gran parte, podrán tramitar directamente bajo la dirección del fiscal por actuación legal directa, o por actuación delegada por un juez. En ambos casos, aun cuando la investigación no recaiga directamente en manos del fiscal, sino del juez de instrucción, el fiscal debe conducir la investigación dando pautas claras a quienes actúen como auxiliares de la justicia, con permanente seguimiento y control del resultado de las medidas que se ordenara.

Para el familiar que se encuentra frente a la desaparición de una persona de su entorno: Es crucial realizar la denuncia (no exposición) en forma inmediata, se debe exigir la inmediatez de la toma de la misma y no esperar que transcurran 12, 24 o 48 horas, así lo determina la Procuraduría. No se debe esperar ni un minuto. Para comenzar a trabajar en la búsqueda. Ya que si la persona buscada está siendo víctima de algún delito, sin dudas que las primeras horas serán de suma importancia.

La denuncia, aconsejamos realizarla en Fiscalía Provincial de turno del ministerio Público, o comisaría más cercana.

Línea de Denuncia Telefónica Gratuita 145 del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Funciona las 24 horas.

Acudir a realizar la misma con fotografía de la persona buscada (cuanto más reciente y clara la imagen mejor). Donde se vea claramente el rostro, existencia de tatuajes, cicatrices y señas particulares. La imagen deber y datos de la persona buscada debe circular con las fuerzas policiales u de seguridad para que procedan a su búsqueda.

Difundirla en medios de comunicación y organizaciones civiles que trabajan en Red a nivel nacional e internacional que coadyuden a la búsqueda. Para el caso de ser NNyA teniendo en cuenta lo dispuesto por la ley 25.746 (que crea el Registro Nacional de Personas Menores Extraviadas).

Teniendo en cuenta información que deberá brindar; al momento de la desaparición se debe conocer: Datos personales (nombre y apellido completo, edad, nacionalidad, DNI, características físicas (altura, contextura robusta o delgada, cicatrices, tatuajes).

Cuando y donde se encontraba exactamente, detallando fecha, hora y circunstancia. Con quién o quiénes se encontraba en ese momento la persona buscada. Solicitar la descripción de las prendas que vestía en esa oportunidad, talles aproximados y estado de conservación de prendas con rótulos o leyendas que llevaba. Cuando y a través de que medio fue la última vez que se tomó contacto con la persona buscada. Si llevo alguna pertenencia, llaves de su domicilio, teléfono celular, cargador, note/netbook, tablet o dispositivo para acceso a internet, su documento de identidad o pasaporte, ropa, dinero.

N° de Teléfono celular, dirección de correo electrónico o redes sociales.

Rutina de la persona buscada. Que lugares frecuentaba.

Se debe procurar conocer a quién se busca: como está conformado su núcleo familiar y de amistades e identificar a las personas con las cuales ha mantenido relaciones afectivas (conflictivas o no), quienes integran sus vínculos sociales y/o deportivos, etc. Respetando la privacidad e intimidad de familiares en las primeras horas posteriores a la desaparición.

-Quienes y Cuando tuvieron el último contacto con la persona desaparecida, tanto en forma personal o a través de redes sociales, teléfono mensajes de texto, correo electrónico

-Como se conforma su grupo familiar y entorno de amigos.

-Con quien/es vivía la persona que es buscada al momento de desaparecer o en un pasado cercano

-Vecinos, personas o comerciantes del barrio que pudieron haberla visto

-Donde estudiaba, sus compañeros y docentes

-Donde trabajaba y quienes eran sus compañeros de trabajo

-Si pertenecía a algún club o practicaba algún deporte. Si pertenecía a algún Centro religioso., cuando concurría.

-Si estaba bajo algún tratamiento psicológico, psiquiátrico, medico, etc. Quienes eran los profesionales que la atendían.

Priorizando el testimonio en las primeras horas de quiénes la vieron por última vez a la persona buscada, intentando precisar el último lugar en el que fue vista.

La Protex hace referencia a que en esas primeras horas deberán arrojar material suficiente para intentar trazar una estrategia del caso y profundizar la investigación, dándose distintas hipótesis sobre los motivos de la desaparición:


  1. a) Por decisión propia frente a algún conflicto en el ámbito familiar o entorno cercano; por problemas de salud, adicciones, enfermedad mental, o discapacidad.

  2. b) Porque sufrió algún hecho de violencia.

  3. c) Producto de algún delito como secuestro, captación con fines de explotación sexual, laboral tráfico.

  4. d) Porque se ausento del hogar por decisión propia pero luego, lejos de su entorno familiar y dado su condición de vulnerabilidad resulta víctima de un delito

  5. e) Por haberse extraviado de sus familiares (habitual en Niños y Niñas pequeños)


Pidamos a nuestros gobiernos que actúen frente a la trata de personas

A pesar de que son muchos los países que poseen leyes nacionales en la lucha contra la trata de personas siguiendo los protocolos establecidos por las Naciones Unidas, el tráfico sigue siendo una realidad. Es más, en muchos países las víctimas puede hasta llegar a ser criminalizadas mientras que los traficantes quedan impunes.

Por todo ello, este día pretende subrayar la importancia de que los gobiernos tomen medidas a favor de las víctimas. Y para ello, no solo es esencial el gobierno en sí, sino que es necesario que nosotros también tomemos partido en presionar en la lucha por prevenir este cruel crimen.

Si quieres participar en esta campaña en las redes sociales, usa las etiquetas #Trata y #FinALaTrata.

 

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