Desde este lunes el Banco Central impuso un límite a la compra de 200 dólares al mes. Sin embargo, la restricción no alcanza a todos. Estas son las excepciones.[{adj:45594 alignright}]
El titular del Banco Central, Guido Sandleris, brindó más detalles sobre el cepo recargado que entró en vigencia este lunes, apenas unas horas después de que Alberto Fernández fuera proclamado nuevo presidente electo dela Argentina.
Este es el detalle de la Comunicación "A" 6815/2019:
* El límite para la adquisición de divisas extranjeras alcanza a 200 dólares para aquellas personas que hagan la operación vía homebanking. Para quienes lo hagan en efectivo el límite será de 100 dólares. Estos límites no son acumulativos e incluyen todas las operaciones ya realzadas en octubre.
* Quedaron exceptuados de este límite organismos internacionales e instituciones que cumplan funciones de agencias oficiales de crédito a la exportación.
* Tampoco alcanza a representaciones diplomáticas y consulares y personal diplomático acreditado en el país por transferencias que efectúen en ejercicio de sus funciones.
* Están exceptuadas también las representaciones en el país de Tribunales, Autoridades u Oficinas, Misiones Especiales, Comisiones u Órganos Bilaterales establecidos por Tratados o Convenios Internacionales, en los cuales la República Argentina es parte, en la medida que las transferencias se realicen en ejercicio de sus funciones.
* Tampoco alcanza el cepo a las transferencias al exterior a nombre de personas humanas que sean beneficiarias de jubilaciones y/o pensiones abonadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), por hasta el monto abonado por dicho organismo en el mes calendario y en la medida que la transferencia se efectúe a una cuenta bancaria de titularidad del beneficiario en su país de residencia registrado.
* Para las operaciones vinculadas al turismo en el exterior, el acceso a divisas para consumos con tarjeta permanece sin variantes. En tanto, los retiros de efectivo en el exterior con tarjetas de débito locales solo podrán ser efectuadas con débito en cuentas locales del cliente en moneda extranjera.
* La nueva resolución no afecta el acceso al mercado cambiario para el comercio exterior y el pago de deuda.
* Se mantiene la excepción dispuesta en el cepo instituido el 1° de septiembre pasado para aquellos receptores de créditos hipotecarios, habida cuenta del grado de dolarización de las transacciones de este mercado.
* Con conformidad previa del Banco Central habrá acceso al mercado de cambios por parte de no residentes para la compra de moneda extranjera por montos superiores al equivalente a 100 dólares mensuales en el conjunto de entidades autorizadas a operar en cambios.
De acuerdo con Sandleris después de las elecciones primarias del 11 de agosto pasado, el Banco Central perdió más de 22 mil millones de dólares de sus activos, de los cuales una tercera parte se debió a la salida de los depósitos en dólares, otro tercio por el pago de deuda, y el resto está vinculado a las intervenciones vendedoras de la autoridad monetaria en el mercado cambiario para intentar controlar el tipo de cambio.