Desde 2016, otro conflicto tiene a Cristina y al Estado como protagonistas. En este caso, ella exige cobrar dos pensiones: Una como viuda de Néstor Kirchner y otra por haber sido presidenta de la nación. De todos modos, a través del decreto 394/2019 del Boletín Oficial, el Gobierno ratificó hoy su postura y estableció que Cristina deberá elegir una de las dos asignaciones, por lo que "quedó agotada la vía administrativa" del reclamo. La medida fue firmada por Mauricio Mauricio Macri y la ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley.
Cristina obtuvo en diciembre de 2010 una pensión no contributiva por la muerte de su esposo, Néstor Kirchner, apenas dos meses antes. Este beneficio es la Asignación Mensual Vitalicia para ex presidentes y le correspondía por ser la viuda de un ex presidente. En ese entonces, se le otorgó la Comisión de Pensiones Asistenciales del Ministerio de Desarrollo Social, que dirigía Alicia Kirchner.
Cinco años más tarde, cuando finalizó su segundo mandato, Cristina comenzó a cobrar otra pensión vitalicia, esta vez por haber sido presidenta en dos períodos. De todos modos, el artículo cinco de la ley 24.018 dice que "la percepción de esta asignación es incompatible con el goce de toda jubilación, pensión, retiro o prestación graciable nacional, provincial o municipal, sin perjuicio del derecho de los interesados a optar por aquélla por estos últimos beneficios".
Al comprobar el cobro del doble ingreso, en 2016, el ministerio conducido por Carolina Stanley le exigió elegir una de las dos pensiones y suspendió uno de los pagos. Ese año, Cristina cobraba, como cónyuge y heredera del beneficio de Néstor Kirchner 143.539 brutos, y por su pensión personal, otros 188.538 pesos por mes. En total, 332.077 sin los descuentos. Con las deducciones, eran, de bolsillo, 210.780 mensuales.
Ante esta medida, Cristina comenzó un millonario reclamo contra el Estado en el que exigía cobrar las dos pensiones, que se le abonen los períodos no percibidos (con intereses) y que se le reintegren los importes descontados por Ganancias (ya que estas prestaciones se asimilan a lo que cobran los jueces de la Corte Suprema, a quienes no se les retiene impuestos).