Actualmente la compra de dólar ahorro y de bienes y servicios con tarjetas tiene un recargo del 60 por ciento: 30 por ciento correspondientes al impuesto País y 30 por ciento a cuenta de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales.
A partir del 23 de diciembre finalizará el impuesto País, por lo que las operaciones tendrán sólo un 30 por ciento de recargo, lo que representa una reducción del 18,7 por ciento en la cotización del dólar tarjeta y ahorro: pasará de 1.670,4 a 1.357,2 pesos.
Las compras con tarjetas de crédito realizadas antes del 23 de diciembre, pero cuyo resumen cierre posteriormente a esa fecha ya no pagarán el tributo.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) adecuó las normas relacionadas con el cobro de impuestos a las compras en dólares con tarjetas de crédito y débito y la adquisición de divisas para adaptarlas a la eliminación del impuesto País, que dejará de tener vigencia a partir del próximo lunes.
A través de la Resolución General 5617/24, Arca confirmó la eliminación del impuesto PAIS y estableció la continuidad de la percepción del adelanto a cuenta del impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales, que genera un recargo del 30 por ciento, como ocurría hasta ahora.
De este modo, el valor del dólar tarjeta y del dólar ahorro será a partir del lunes casi un 20 por ciento menor al actual, con la quita del 30 por ciento del impuesto País.
En esta nota te contamos qué cambios introdujo Arca, qué impuestos seguirán vigentes para la compra de bienes y servicios en dólares y cómo cambia la cotización de la divisa a partir de la eliminación del impuesto País.
Qué es el impuesto País y qué cambios aplicó Arca a los consumos en dólares
Como se explica en esta nota, el impuesto País fue creado por la gestión de Alberto Fernández (Frente de Todos) mediante la Ley 27.541, y originalmente gravaba con un 30 por ciento la compra del dólar ahorro, de bienes y servicios adquiridos en el exterior y la adquisición de pasajes o paquetes turísticos.
Tenía una vigencia de 5 años, y como la ley fue publicada el 23 de diciembre de 2019 en el Boletín Oficial, caducará el próximo lunes.
Posteriormente, la Administración Federal de Ingresos Públicos (actual Arca) estableció la creación de un recargo extra del 30 por ciento para las operaciones alcanzadas por el impuesto País. Esta nueva percepción podía tomarse a cuenta del pago del impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, por lo que los contribuyentes que no estuvieran alcanzados por esos tributos podían pedir su devolución a fin de año.
De este modo, la finalización del impuesto País también hubiera dado de baja esta segunda percepción del 30 por ciento. Para mantenerla, Arca tuvo que publicar un nuevo marco normativo, que mantuvo el pago a cuenta del 30 por ciento: a partir del 23 de diciembre ese será el único recargo para las compras que involucren el uso de divisas.
Es decir que la nueva resolución no crea un nuevo impuesto en reemplazo de País, sino que mantiene uno de los 2 recargos que afectaban a las operaciones en dólares.
Sebastián Domínguez, contador público y socio de SDC asesores tributarios, dijo a Chequeado que la nueva resolución de Arca “es como una continuidad del régimen anterior, pero requería una nueva resolución”.
“A partir del 23 de diciembre ya no hay impuesto País. Y como el adelanto de Ganancias y Bienes Personales se aplicaba sobre la base imponible del País, al no haber más impuesto iba a dejar de existir esa percepción extra del 30 por ciento”, explicó Domínguez.
Qué operaciones están alcanzadas por el recargo del 30 por ciento
Domínguez confirmó a este medio que el recargo del 30 por ciento a cuenta de Ganancias y Bienes Personales se aplicará sobre las mismas operaciones alcanzadas por la resolución anteriormente vigente.
Según la nueva normativa, pagarán el recargo las siguientes operaciones:
-Compra de divisas en el mercado oficial para ahorro.
-Compras de bienes y servicios en el exterior realizados con tarjetas de crédito y débito.
-Adquisición de paquetes turísticos en el exterior o de servicios de transporte con destino fuera del país (a excepción de países limítrofes).
-La importación de ciertas mercaderías destinadas al consumo final.
Quedan excluidos del tributo la compra de medicamentos, libros, gastos asociados a proyectos de investigación realizados en el país y la compra de equipamiento para la lucha contra el fuego.
Domínguez señaló que las personas que no sean alcanzadas por el impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales podrán pedir la devolución de los descuentos realizados.
¿Cuánto será el valor del dólar tarjeta con la eliminación del impuesto País?
Actualmente, las compras de dólar oficial o de bienes y servicios adquiridos en el exterior continúan con un recargo del 60 por ciento. Esto significa que, por cada dólar gastado, una persona debe abonar 1.670,4 pesos (una cotización oficial -según los registros del Banco Nación al 20 de diciembre- de 1.044 pesos).
Con los cambios, a partir del 23 de diciembre este tipo de operaciones equivaldrá a 1.357,2 pesos. Se trata de una reducción del 18,7 por ciento.
Desde el área de Prensa de Arca señalaron a Chequeado que como el impuesto se aplica al momento de la realización de la operación cambiaria (es decir, cuando las entidades piden al Banco Central las divisas para hacer frente a los gastos de sus clientes), los resúmenes de tarjeta de créditos que venzan después del 23 de diciembre ya no sufrirán el recargo del impuesto País.
Es decir que, si una persona realizó gastos en dólares con su tarjeta de crédito el 10 de diciembre, pero su resumen vence el 26 de diciembre, sólo tendrá el recargo del 30 por ciento.
En cambio, todas las operaciones en dólares realizadas con tarjetas de débito pagarán el 60 por ciento de recargo hasta el 22 de diciembre inclusive, dado que la operación cambiaria se realiza en el mismo momento de la compra.