La Asamblea Ciudadana Vecinal de Paraná presentó un escrito ante el juez Alejandro Cánepa para que se intime al municipio a que informe sobre el programa de tareas para la recolectar los desperdicios en la ciudad. La medida se solicitó ya que la apelación al fallo que obliga a la comuna a esto no la exime de cumplir el mandato judicial, apuntó a AIM el abogado asambleísta.[{adj:63992 size-medium}]El pasado 13 de noviembre, el vocal N° 3 del Tribunal de Juicio y Apelaciones, Alejandro Cánepa, dictó sentencia obligando a la Municipalidad de Paraná a normalizar el servicio de recolección de residuos en la ciudad, así como planteó que designe un responsable, implemente un plan de tareas e informe diariamente del mismo a la demandante, a la Asamblea Vecinalista. Este fallo fue apelado por Municipalidad de Paraná y el Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales (Suoyem), y la cuestión pasó a dirimirse en el Superior Tribunal de Justicia. No obstante, la Asamblea Vecinalista acudió nuevamente al no recibir los mencionados informes y observar que el servicio volvió a menguar, contó a esta Agencia el letrado patrocinante, César Luis Cesario.
“Se hizo una nueva presentación ante el doctor Cánepa para que se intime la Municipalidad en tanto y en cuanto no nos notificó de los informes diarios y plan de trabajo (para la recolección de residuos). Es decir no hemos sido notificados de qué es lo que ha hecho o y tampoco lo que va a hacer respecto a la recolección de residuos sólidos y urbanos”, describió el abogado.
Cesario aclaró que “por más que la sentencia se encuentra apelada, los recursos que se conceden en este tipo de acción son no suspensivos. Esto significa que la sentencia se sigue cumpliendo y se debe seguir cumpliendo, por lo tanto el doctor Cánepa no pierde su competencia para monitorear el cumplimiento de la sentencia hasta tanto el STJ decida confirmar o revocar la sentencia. De esto hasta ahora nada ha sucedido. Hoy salió un despacho del juez Cánepa que da 48 horas a la Municipalidad de Paraná para que diga si efectivamente ha notificado o no de los informes diarios y del plan de trabajo. Cumplido el plazo de 48 horas, si no informa o informa lo contrario, nosotros ejecutaríamos sentencia, a pesar de la apelación”, adelantó el profesional.