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Política
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¿Cuál es el impacto del DNU para el agro?

Por Florencia Ricchiuti, de Fundación Barbechando, especial para AIM. Desde la derogación de la Ley de Tierras, hasta la prohibición de prohibir exportaciones, pasando por la eliminación de registros y fondos, entre otros puntos, el primer Decreto de Milei recorre diferentes aristas con impacto medio para el agro. Guía para conocer en detalle de qué se trata y cuándo podría empezar a tratarse.

Se espera un veranito por demás movido a nivel legislativo. Con la oficialización de las sesiones extraordinarias, Milei buscará su primera revalidación en el Congreso, que tendrá dos grandes temas para estudio: el Decreto de Necesidad y Urgencia con varias reformas estructurales y la “Ley ómnibus”, que aún no ingresó formalmente al Congreso.

Mediano impacto para el agro

El mega Decreto que, en su gran mayoría modifica leyes vigentes, abarca temas varios: salud, economía, comercio exterior, entre otros. En lo que respecta al agro, sólo es el cuatro por ciento del contenido del DNU, pero se puede sumar otros impactos colaterales, principalmente vinculados a liberación del mercado de exportación e importación y reformas laborales que implican un cuarto de la iniciativa, ahora suspendida por la Justicia.

¿Cuáles son las propuestas generales para el agro?

Eliminación de las prohibiciones a las exportaciones e importaciones y potestad al Congreso para nuevas restricciones

Eliminación y reducción de fondos compensatorios y asignaciones que benefician a sectores particulares.

Menos reglamentaciones, burocracia e intervenciones en eslabones de las cadenas

Punto por punto: qué propone el proyecto para el agro

Mercados

– Prohibido prohibir: se eliminan todas las prohibiciones económicas a las exportaciones e importaciones.

– Facultades delegadas: cualquier restricción, como los derechos de exportación e importación, deberán ser aprobados por el Congreso.

Tierras

– Eliminación restricciones para extranjeros: permite la adquisición de tierras por parte de personas físicas y jurídicas, nacionales y extranjeras sin limitaciones.

Warrants

– Actualización ley de Warrant: se permite efectuar operaciones de compraventa de productos de la misma naturaleza de aquellos a que se refieren los «certificados de depósito» o «warrants» que emitan. Además, exonera del impuesto de patente a los depósitos y elimina el precio mínimo para warrantear, entre otros beneficios.

Trabajo agrario

– Bolsa sindical: se elimina la obligación de contratar a través de la bolsa de trabajo agrario.

Economías regionales

– Vitivinicultura: reducción protección al sector, cambios regulación vínculo productor-bodega y eliminación cupo de producción nacional

– Yerba mate: se eliminan la restricción para envasar fuera de las zonas productoras, fijación de precios, creación de registros y cuestiones presupuestarias del INYM.

– Azúcar: eliminación obligación de las empresas de cuotas para el mercado interno.

-­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­Algodón: eliminación del fondo algodonero, y desregulación de todas las actividades de la cadena.

– Olivas: eliminación Corporación Nacional de Olivicultura.

Ganadería:

– Transporte de alimentos: se elimina la obligación de que los productos destinados a la alimentación del ganado se realizaran en envases nuevos y de único uso.

El laberinto legislativo

¿Cuándo comienza a tratarse?

Independiente de la convocatoria a las sesiones extraordinarias, el gobierno debe enviar el DNU al Congreso. Tiene plazo hasta el 5 de enero.

Luego se debe conformar la Bicameral, a pedido de los presidentes de las dos Cámaras -Martín Menem y Victoria Villarruel-, que, luego tiene 10 días para tratarlo, aunque, de no haber dictamen, las Cámaras pueden tratarlo pasados los 30 días.

¿Cómo es el tratamiento en el Congreso?

La Comisión Bicameral de Trámite Legislativo -conformada por 8 diputados y 8 senadores en representación de todos los bloques- será la encargada de analizar «la necesidad» y «la urgencia» del DNU.

Una vez emitido el dictamen -que no puede contener modificaciones ni derogaciones, aunque desde el gobierno afirmaron que podrían “enmendar” algunas propuestas vía reglamentación-, pasa a tratamiento de una de las Cámaras.

¿Se puede tratar en sesiones extraordinarias?

Un lado de la biblioteca dice que recién podrían tratarse a partir del 1 de marzo, cuando comienza el periodo ordinario, ya que el DNU no fue incluido en el temario de extraordinarias.

Pero hay otro lado de la biblioteca que dice que su abocamiento deba ser inmediato, como facultad propia del Congreso porque sino estaría dependiendo de la voluntad del propio órgano emisor del DNU.

De todos modos, y con el pragmatismo de esta nueva era, los tiempos apremian y es complicado visibilizar que se logre un avance antes de marzo.

¿Cuáles son los escenarios posibles?

Si ninguna de las Cámaras lo trata, el DNU queda vigente

Si una de las Cámaras lo valida y la otra lo rechaza, el DNU sigue vigente

Solo perderá vigencia si las dos Cámaras lo rechazan.

El poroteo

El gobierno debe definir, primero, por qué Cámara comenzará su tratamiento, que será clave ya que la validación de la Cámara de origen deja el DNU vigente. Todo indica que Diputados sería la Cámara más permeable.

Sin embargo, aún no cuenta con los votos para su aprobación definitiva y hay sólo dos posiciones confirmadas: que los liberales lo van a apoyar ampliamente y que Unión por la Patria y la Izquierda lo rechazarán.

Luego, en el orden de nivel de apoyo le sigue el PRO, pero sería un apoyo parcial, aunque de más de la mitad del bloque.

El gobierno tiene que salir a la pesca de los votos blandos de los radical y del peronismo no K. El tiempo y las negociaciones provinciales serán la clave para definir la pulseada.

Agro

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