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Política
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Media sanción a la prohibición de cambios en el uso y destino de tierras incendiadas

Tras una maratónica sesión, la Cámara baja aprobó a las siete de la mañana por 132 votos a favor y 96 en contra la iniciativa que introduce modificaciones a la Ley de Manejo del Fuego. Se establecen plazos de 60 y 30 años, dependiendo el tipo de área que se haya quemado.

La Cámara de Diputados dio media sanción y giró al Senado el proyecto de ley que busca prohibir modificaciones en el uso y destino de tierras que hayan sido afectadas por incendios. La iniciativa, impulsada por el jefe del Frente de Todos, Máximo Kirchner, recibió 132 votos a favor, 96 en contra y 4 abstenciones.

El texto, de solamente cuatro artículos, prevé una serie de incorporaciones a la Ley 26.815 de Manejo del Fuego, con el fin de impedir la realización de emprendimientos inmobiliarios y cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tenía al momento de iniciarse el fuego.

La prohibición será por el término de 30 años en el caso de zonas agrícolas, praderas, pastizales o matorrales, y por 60 años en el caso de bosques nativos o implantados, áreas naturales protegidas y humedales.

El debate

La diputada Daniela Vilar fue la miembro informante del dictamen de mayoría. Habló de la necesidad de aprobar esta reforma de la ley del fuego, pues hay más de 900 mil hectáreas incendiadas, con focos de incendios en 22 de las 24 provincias, y destacó que “el 95 por ciento de esos incendios fueron producto de la acción humana, ya sea intencional o por alguna distracción”. Aludió entonces a la especulación inmobiliaria y alertó sobre “la pérdida de humedales, con lo que eso significa”.

“Para poder prevenir la generación de incendios intencionales con fines especulativos, proponemos modificar la Ley de Manejo del Fuego”, dijo, sugiriendo “ampliar y especificar esas restricciones”. Con todo, aclaró que “no tenemos ni idea de cuánto tiempo va a necesitar recuperarse un bosque que fue intencionalmente incendiado”, en referencia a los tiempos impuestos por el texto de la norma. “A esta altura creo que es evidente que no se puede pensar en una política ambiental que esté desligada del modelo productivo, del modelo económico y del modelo social; con lo cual entiendo que debemos asumir un desafío: construir un nuevo paradigma, porque el que nos trajo hasta acá fue uno de exclusión, que genera pobreza. Tenemos que asumir un nuevo desafío que es construir un nuevo paradigma”, enfatizó, estimando que “con estas tres leyes que vamos a aprobar ahora estaremos asumiendo poder crear nuevos paradigmas, porque lo vamos a hacer con la valentía de poder mirar a los ojos a todos”.

La radical Brenda Austin habló a continuación como miembro informante del dictamen de minoría. “Es indudable que la crisis que atraviesa el mundo, del cambio climático, han logrado que muchos temas permeen en la agenda”, señaló, lamentando no haberse puesto de acuerdo con el resto de los diputados para sacar “una ley que sea efectiva, no efectista”.

“Estamos acostumbrados a ver al Frente de Todos andar por dos carriles: manejar por la izquierda y por la derecha, pero no por la Panamericana; es increíble cómo construyen tantos discursos de acuerdo con el público que los está escuchando”, sostuvo. Y alertó sobre “la disociación entre lo que dicen y las leyes que hacen votar”, destacando que “equivocan la herramienta”, pues “estamos hoy ante una norma que es regresiva en materia ambiental”, pues “perjudica a los bosques nativos en la Argentina. Queremos como ustedes que se terminen los incendios especulativos, que los ecosistemas tengan tiempo para recomponerse; pero también queremos encontrar a los responsables y que respondan con toda la fuerza de la ley”.

Austin señaló que “no hay duda que para enfrentar los incendios necesitamos presupuesto, previsión e institucionalidad; nada de eso aporta esta norma hoy”. Y sobre el final sostuvo que “el problema de legislar solo para la tribuna genera estos problemas, de que decimos una cosa, pero estamos sancionando una norma que perjudica al ambiente”.

“Según el proyecto, ante un incendio accidental, el propietario de un campo no solo debe lidiar con las pérdidas ocasionadas por la naturaleza, sino que no puede disponer del uso del suelo para otra actividad productiva que pudiera cubrir las pérdidas ocasionadas por el fuego; sin duda alguna un avasallamiento al derecho de la actividad privada… Parece que el proyecto desoye que ninguna norma de carácter nacional ambiental puede restringir ni alterar las facultades no delegadas por las provincias a la Nación”, sostuvo por su parte la diputada del MPN Alma Sapag, habitualmente alineada con el oficialismo, pero que en este proyecto -como con el de aporte solidario, en esta misma sesión- se manifestó en contra. La provincia de Neuquén, agregó, “cuenta con una gran extensión de su territorio cubierta de bosques, por lo que para nosotros es muy importante frenar las quemas indiscriminadas, pero toda acción debe realizarse de acuerdo a lo normado en la Ley 26.331 y a los parámetros de nuestro país sobre la protección medioambiental, pero guardando las facultades y derechos de las provincias de acuerdo con la Constitución nacional”.

Sí se manifestó a favor en cambio la izquierda: “Vamos a acompañar esta ley, pero después el problema que se cumpla, y eso lo tiene que hacer el Gobierno, y lo tenemos que obligar a hacerlo con la movilización independiente de las organizaciones ambientales -expresó la diputada Romina del Plá cerca de las cinco de la madrugada-. Porque la cooptación de las organizaciones ambientales solo sirven para frenar los reclamos y terminar diciendo que puede haber una minería contaminante amigable con el ambiente. Eso lo hemos escuchado decir al ministro de Medio Ambiente de la Nación. Increíble”.

“Este proyecto legisla sobre las cenizas y crea culpables”, sugirió Maximiliano Ferraro, para quien el proyecto pretende establecer “que todas las personas son culpables de los incendios; no importa si fue un rayo, si fue un incendio que viene recorriendo kilómetros, si fue el Estado, si se cae una línea eléctrica… Unos y otros parece ser que cargan por igual con la consecuencia que establece esta ley: los pequeños productores, las poblaciones rurales, los que viven en los territorios serán los más afectados por la irracionalidad de esta norma”.

En el final del debate, el presidente de la Comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano, Leonardo Grosso, rechazó lo expresado por Ferraro. “Todo lo que vinieron a proponer fue un sistema para dar un poco más de recursos al sistema para apagar el fuego”, dijo en respuesta a lo antedicho, “si eso no es legislar sobre las cenizas, que alguien me explique porque han puesto todo tipo de excusas para que no lleguemos al acuerdo necesario”. El legislador del Frente de Todos destacó la militancia de “les pibis” (SIC) que “vinieron a decirnos a todos nosotros que “no queremos ser más esa humanidad, y nos tenemos que hacer cargo”.

“Vinimos a hacernos cargo de la crisis económica y social que dejaron cuatro años de gobierno neoliberal, miren si no vamos a agarrar banderas de lucha de tantos años en la Argentina; gobernamos el país en pandemia. Nosotros tampoco queremos ser esta humanidad, vamos a transformarlo todo”, enfatizó.

Sobre el final, señaló respecto del rechazo de Juntos por el Cambio que, como recordó que dijo en la comisión Graciela Camaño, “esta ley tiene un problema para Juntos por el Cambio: lo que les molesta es que esta ley lleve como autor a Máximo Kirchner. Les molesta el apellido. A nosotros nos da orgullo”.

Grosso encendió los ánimos al embestir contra la principal oposición en duros términos: “El problema es que es incompatible ser neoliberal y ambientalista… Es incompatible ser de Cambiemos y ambientalista. Aunque la mona se vista de seda, mona queda, y aunque el secretario de Ambiente se vista de árbol”, señaló entre los gritos airados de los diputados de JxC.

Y cerró afirmando que el Frente de Todos “vino a hacerse cargo del desastre que dejaron” y concluyó afirmando que “el fuego va a dejar de ser un negocio”.

Qué establece el proyecto

El proyecto modifica el artículo 22 bis de la Ley 26.815, de modo de establecer una serie de prohibiciones por el término de 60 años “en caso de incendios, sean estos provocados o accidentales, que quemen vegetación viva o muerta, en bosques nativos o implantados, así como en áreas naturales protegidas debidamente reconocidas y humedales, a fin de garantizar las condiciones para la restauración de las superficies incendiadas”.

De acuerdo al nuevo texto, no se podrá “realizar modificaciones en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio; y la división, subdivisión, excepto cuando resulten de división o participación hereditaria, loteo, fraccionamiento o parcelamiento, total o parcial, o cualquier otro emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento y venta, de tierras particulares”.

Tampoco, “la venta, concesión, división, subdivisión, loteo, fraccionamiento o parcelamiento, total o parcial, o cualquier otro emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento, de tierras fiscales; y cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera al momento del incendio”.

Todo ello “sin perjuicio de la protección especial que tales ecosistemas afectados particularmente obtengan de las leyes nacionales y locales, como de los tratados internacionales aprobados y ratificados por la Nación en la materia, que aplicarán complementariamente en cuanto sus normas resulten más extensas o amplias en sus beneficios para con los mismos”.

Además, se incorpora el artículo 22 ter que reza que esta prohibición “será extendida si así lo indicase el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de la jurisdicción correspondiente”.

En tanto, el nuevo artículo 22 quáter se refiere a los incendios en “zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y en áreas donde las estructuras edilicias se entremezclan con la vegetación fuera del ambiente estrictamente urbano o estructural”.

En esos casos, la prohibición será por 30 años y no se podrán realizar emprendimientos inmobiliarios; cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera previo al momento del incendio; y la modificación de uso de una superficie con el fin de desarrollar prácticas agropecuarias intensivas, excepto en los casos que dichas prácticas y modalidades hubiesen antecedido al evento.
Fuente: Parlamentario

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