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Día de la higiene y seguridad en el trabajo

El 21 de abril de 1972 se sancionó en el país la ley 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo (reglamentada por decreto 351/79), piedra fundamental de la actual normativa en materia de prevención de accidentes laborales en el país, constató AIM. En nuestro país rigen respecto a este tema, dos leyes nacionales, de las cuales se desprende toda la estructura normativa. 

Higiene y seguridad del trabajo.
Higiene y seguridad del trabajo.

Este día se celebra con el fin de reforzar en la opinión pública la problemática de los riesgos y la seguridad de las personas en el ámbito laboral, promoviendo una cultura de la prevención mediante la educación, la sensibilización y la anticipación. El incremento del bienestar y el mejoramiento de la calidad de vida de la población en funciones productivas representan aspectos importantes del desarrollo económico y social del país.

Según la OIT, Organización Internacional del Trabajo, el costo mundial de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales equivale al cuatro por ciento del producto bruto total (año 2008).

En la Argentina existe una Comisión Permanente de Seguridad y Medicina del Trabajo integrada por destacadas instituciones especializadas en el tema.

Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo

En nuestro país rigen respecto al tema de Salud y Seguridad en el Trabajo dos Leyes Nacionales, de las cuales se desprende toda la estructura normativa, nos referimos a:

La ley 19.587 y sus Decretos Reglamentarios dictados por el poder Ejecutivo nacional 351/79 y 1.338/96 determinan las condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo que debe cumplir cualquier actividad laboral que se desarrolle en el territorio de la República Argentina.

A continuación, algunos puntos de ella.

En líneas generales las condiciones de seguridad que se deben cumplimentar, se encuentran relacionadas básicamente con:

Características constructivas de los establecimientos

Los establecimientos deben construirse con materiales de adecuadas características para el uso o función a cumplir.

Mantener las mismas características a través del tiempo previsto para su vida útil, evitando el deterioro de la construcción a través de tareas periódicas de mantenimiento.

Todo lugar de trabajo debe contar con servicios sanitarios adecuados e independientes para cada sexo, de ser necesario, en cantidad proporcionada al número de personas que trabajen en él.

En líneas generales los locales sanitarios deben contar básicamente con:

Piletas y duchas con desagüe dotada de agua caliente y fría.

Retrete individual con puerta que asegure el cierre del baño en no menos de los 3/4 de su altura (2.10 m). Construido en mampostería, techado, con solado impermeable, paramentos revestidos con material resistente, con superficie lisa e impermeable, dotado de un inodoro.

Mingitorios.

Se debe contar con vestuarios cuando se cuente con más de 10 obreros. En este caso deben cumplir con lo siguiente:

Ubicarse en lo posible junto a los servicios sanitarios, en forma tal que constituyan con éstos un conjunto integrado funcionalmente.

Estar equipado con armarios individuales, los cuales deben ser de material resistente e incombustible, no pueden ser de material poroso. El material de construcción debe permitir su fácil limpieza.

Cuando existe un local de cocina y/ o comedor, en el caso que el personal no se retire del trabajo para comer se debe tener en cuenta lo siguiente:

Estar en buenas condiciones de higiene y seguridad

Poseer pisos, paredes y techos lisos de fácil limpieza.

Contar con iluminación, ventilación y temperatura adecuada.

Estar ubicados lo más aislados posible del sector de producción.

Todo establecimiento debe contar con provisión y reserva de agua para uso humano y eliminar toda posible fuente de contaminación y polución de las aguas que se utilicen y mantener los niveles de calidad establecidos por la legislación vigente.

Por tal motivo se deben realizar análisis al agua de consumo sea obtenida dentro de su planta o traídas de otros lugares.

Los análisis deben ser realizados teniendo en cuenta los aspectos bacteriológicos, físicos y químicos. Las determinaciones a realizar están desarrolladas en la Resolución 444.

Los análisis deben ser efectuados con la siguiente periodicidad:

Análisis físico- químico: una vez por año.

Análisis bacteriológico: dos veces por año.

Control de carga térmica

Se entiende por carga térmica a la suma de la carga térmica ambiental y el calor generado en los procesos metabólicos.

El objeto de controlar la carga térmica es determinar la exposición o no del trabajador a calor excesivo en los puestos de trabajo que se consideren conflictivos.

La medición consiste en determinar el Tgbh (Índice de Temperatura Globo Bulbo Húmedo). Para obtener este índice se deben medir en el ambiente tres temperaturas: temperatura de bulbo seco, de bulbo húmedo y de globo. Para realizar estas mediciones se utilizan dos tipos de termómetro:

Globo termómetro: con este termómetro se mide la temperatura del globo y consiste en una esfera hueca de cobre, pintada de color negro mate, con un termómetro o termocupla inserto en ella, de manera que el elemento sensible esté ubicado en el centro de la misma, con espesor de paredes de 0,6 mm. y su diámetro de 150 mm. aproximadamente.

Termómetro de bulbo húmedo natural: con este otro termómetro se mide la temperatura de bulbo húmedo natural y consiste en un termómetro cuyo bulbo está recubierto por un tejido de algodón. Este debe mojarse con agua destilada.

Además de las temperaturas ambiente tomadas se tiene en cuenta el calor metabólico de la persona a la que se le realiza el estudio. El calor metabólico se determina teniendo en cuenta la posición del cuerpo y el tipo de trabajo efectuado.

Contaminantes químicos en ambiente de trabajo

Un contaminante químico es toda sustancia orgánica o inorgánica, natural o sintética que durante la fabricación, manejo, transporte, almacenamiento o uso puede incorporarse al aire ambiente en forma de polvo, humo, gas o vapor con efectos irritantes, corrosivos, asfixiantes o tóxicos y en cantidades que tengan probabilidades de lesionar la salud de las personas que entran en contacto con ella.

En aquellos lugares de trabajo donde se realizan tareas o procesos que dan origen a gases, vapores, humos, nieblas, polvos, fibras, aerosoles y otros se deben efectuar análisis de aire periódicos a intervalos tan frecuentes como las circunstancias lo aconsejen.

Control de radiaciones

La radiación es una forma de energía liberada que puede ser de diversos orígenes. Por ejemplo el calor es un tipo de radiación. La radiación es el desplazamiento rápido de partículas y ese desplazamiento puede estar originado por diversas causas.

Ventilación

La ventilación en los locales de trabajo debe contribuir a mantener condiciones ambientales que no perjudiquen la salud del trabajador. A su vez los locales deben poder ventilarse perfectamente en forma natural.

Iluminación y color

La iluminación en los puestos de trabajo debe cumplir básicamente con los requisitos mínimos:

La composición espectral de la luz debe ser adecuada a la tarea a realizar, de modo que permita observar o reproducir los colores en la medida que sea necesario. Se debe evitar el efecto estroboscópico en los lugares de trabajo.

La iluminancia debe ser adecuada a la tarea a efectuar.

Las fuentes de iluminación no deben producir deslumbramientos, directo o reflejado.

Ruidos y vibraciones

Este riesgo se monitorea a través de la realización de mediciones de ruido en las diferentes fuentes sonoras y a través de un cálculo a determinar por local de trabajo. Si los niveles hallados superan el máximo establecido, se sugerirán las medidas correspondientes. Para ello se utiliza un decibelímetro integrador.

Señalización

La señalización consiste básicamente en:

Señalizar los diferentes riesgos existentes, precauciones, obligaciones a través de colores y señales.

Contar con los caminos de circulación marcados de modo de favorecer el orden y limpieza de los locales de trabajo y señalizar las salidas normales y de emergencia necesarias para casos de posibles emergencias.

Contar con las cañerías que conduzcan insumos, materias primas y productos elaborados codificados.

Señalizar las instalaciones contra incendio.

Instalaciones eléctricas

Se establecen entre otras cosas los requisitos a cumplir por los proyectos de instalaciones y equipos, requisitos a tener en cuenta para el montaje, maniobra o mantenimiento con o sin tensión.

Máquinas y herramientas: En líneas generales las máquinas y herramientas deben reunir de seguridad:

Equipos de protección personal

El Servicio de Higiene y Seguridad en el trabajo debe determinar la necesidad de uso de equipos y elementos de protección personal, las condiciones de utilización y vida útil.

Ropa de trabajo

Proyección de partículas, salpicaduras, contacto con sustancias o materiales calientes, condiciones ambientales de trabajo.

Ser de tela flexible, que permita una fácil limpieza y desinfección y adecuada a las condiciones del puesto de trabajo.

Ajustar bien al cuerpo del trabajador, sin perjuicio de su comodidad y facilidad de movimientos.

Siempre que las circunstancias lo permitan, las mangas deben ser cortas y cuando sean largas, ajustar adecuadamente.

Eliminar o reducir en lo posible, elementos adicionales como bolsillos, bocamangas, botones, partes vueltas hacia arriba, cordones y otros, por razones higiénicas y para evitar enganches.

No usar elementos que puedan originar un riesgo adicional de accidente como ser: corbatas, bufandas, tirantes, pulseras, cadenas, collares, anillos y otros.

En casos especiales debe ser de tela impermeable, incombustible, de abrigo resistente a sustancias agresivas, y siempre que sea necesario, se dotará al trabajador de delantales, mandiles, petos, chalecos, fajas, cinturones anchos y otros elementos que puedan ser necesarios.

Protección craneana: cascos, capuchones, etc.

Caída de objetos, golpes con objetos, contacto eléctrico, salpicaduras.

Ser fabricados con material resistente a los riesgos inherentes a la tarea, incombustibles o de combustión muy lenta.

Proteger al trabajador de las radiaciones térmicas y descargas eléctricas.

Protección ocular: antiparras, anteojos, máscara facial, etc. Proyección de partículas, vapores (ácidos, alcalinos, orgánicos, etc.), salpicaduras (químicas, de metales fundidos, etc.), radiaciones (infrarrojas, ultravioletas, etc.).

Tener armaduras livianas, indeformables al calor, ininflamables, cómodas, de diseño anatómico y de probada resistencia y eficacia.

Cuando se trabaje con vapores, gases o aerosoles, deben ser completamente cerradas y bien ajustadas al rostro, con materiales de bordes elásticos.

En los casos de partículas gruesas deben ser como las anteriores, permitiendo la ventilación indirecta

En los demás casos en que sea necesario, deben ser con monturas de tipo normal y con protecciones laterales, que puedan ser perforadas para una mejor ventilación.

Cuando no exista peligro de impacto por partículas duras, pueden utilizarse anteojos protectores de tipo panorámico con armazones y visores adecuados.

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